Ayer, día 24 de marzo se publicó en el Diario Oficial de la Generalitat Valencia el nuevo Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Comunitat Valenciana que viene a sustituir al anterior estatuto de 1987, modificación que se había hecho necesaria, dado el hecho de que hoy la protección de los derechos e intereses de los consumidores es sustancialmente distinta a la que informó el nacimiento del anterior estatuto.
El nuevo Estatuto pretende aunar el reconocimiento y protección de los derechos de los consumidores y usuarios y la capacitación de éstos para exigir criterios de calidad en las prestaciones de consumo.
La nueva norma supone asimismo la adaptación de la legislación valenciana en materia de consumo a un elenco de normas que en los últimos años se han publicado y afectan directamente esta materia, como es el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, que aprobó el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, o la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (ley omnibus), además de la reforma del Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana, aprobado mediante la Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril.
Debe destacarse por su importancia el título II del Estatuto donde se recogen los derechos básicos de los consumidores y usuarios estableciendo el ámbito de actuación de las administraciones públicas y regulando el derecho a la protección de la salud y seguridad, fomentándose la acción preventiva, el derecho a la protección de los legítimos intereses económicos y sociales, el derecho a la indemnización de los daños y a la reparación de los perjuicios sufridos, el derecho a una información correcta y suficiente sobre los bienes y servicios y a la información, ayuda y orientación al consumidor para el adecuado ejercicio de sus derechos o el derecho a la educación y formación en materia de consumo como instrumentos básicos y de carácter horizontal para el logro de los fines de la ley y se establece el fomento de los mecanismos para hacer efectivo dicho derecho. En el capítulo IV se regula. El capítulo V se centra en
Asimismo, la nueva norma fomenta de modo expreso la solución de los conflictos en materia de consumo a través de fórmulas de resolución extrajudiciales y en especial a través de la mediación y arbitraje en materia de consumo.
Descárguese LEY 1/2011, de 22 de marzo, de la Generalitat, por la que se aprueba el Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Comunitat Valenciana (DOGV 24/03/2011)