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Denuncia anónima

LUCHA CONTRA EL INTRUSISMO PROFESIONAL

En los últimos tiempos se ha constatado un crecimiento considerable de actividad de empresas ilegales , lo que ha llevado a FEMPA a potenciar sus iniciativas de lucha contra el intrusismo. La concienciación ciudadana, la denuncia y la información que ayude a las distintas administraciones competentes a ejecutar acciones contra las actividades irregulares, se ha convertido en una máxima para la Federación.

A través del Área Jurídica de FEMPA se tramitan todas aquellas denuncias realizadas por empresas asociadas que hayan detectado posibles irregularidades. Estas denuncias son tramitadas por FEMPA ante la administración competente, en función de la irregularidad cometida, y en ningún caso se da a conocer qué empresa aporta la información, preservando el anonimato del denunciante asociado. Es importante que esa información sea lo más completa posible (documentación, imágenes, etc).

Recomendaciones

1.- Cuando una empresa asociada tenga conocimiento de la presunta comisión, por parte de otra empresa no asociada, de actos que puedan atentar contra la libre competencia, o que pudieran ser ilícitos, o constitutivos de actos de intrusismo profesional, podrá ponerlo en conocimiento de los servicios jurídicos de la Federación, para que por parte de ésta sean dichos hechos denunciados ante los organismos que resultaren competentes.

2.- FEMPA mantendrá en todo momento la confidencialidad de los datos suministrados por la empresa asociada denunciante, que permanecerá siempre en el anonimato, puesto que será FEMPA quién presente las oportunas denuncias ante quien procediere, en calidad de entidades denunciantes.

3.- Por parte de la empresa denunciante se intentará aportar indicios o pruebas, a partir de la cuales FEMPA pueda acreditar, en su caso, ante los organismos competentes la comisión de los hechos denunciados.

4.- Los datos, documentos o pruebas aportados por la empresa denunciante serán utilizados únicamente a los fines de denunciar ante los organismos competentes la posible comisión por parte de la empresa denunciada de actos ilícitos o de intrusismo, y de la forma y con las limitaciones y derechos que concede la Ley Orgánica 15/99, del 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).

5.- FEMPA realizará un seguimiento exhaustivo de toda la tramitación de la denuncia ante el organismo competente y, a la postre, mantendrá informada a la empresa asociada denunciante del resultado de dicha tramitación.

boletín de denuncia

Descárguese el boletin de denuncia y remítalo a juridico@fempa.es

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