Resolución de 12 de mayo de 2011, del presidente de la Agencia Valenciana de la Energía, por la que se convocan ayudas del Plan Renove de Aire Acondicionado 2011, destinadas a la sustitución de equipos de aire acondicionado domésticos por otros de alta eficiencia energética.
Como en años anteriores, se han publicado las ayudas destinadas al Plan Renove de Aire Acondicionado 2011 de la Agencia Valenciana de la Energía para la adquisición de aparatos de aire acondicionado de clasificación energética A. La cantidad máxima destinada para esta convocatoria de subvenciones es de un millón doscientos mil euros (1.200.000 €).
La fecha de inicio de la campaña será el 1 de junio de 2011. La fecha fin de campaña será el 30 de septiembre de 2011, o en el momento de agotamiento de la cuantía económica asignada a esta convocatoria.
1. Actuaciones subvencionables
Será susceptible de ayuda la adquisición e instalación de aparatos de aire acondicionado doméstico de clase A que se realice para sustituir equipos antiguos de aire acondicionado.
Los nuevos equipos de aire acondicionado deberán ser instalaciones individuales, que trabajen en modo frío o en modo frío/calor con una potencia térmica nominal en refrigeración menor o igual de 12 kW, según Real Decreto 142/2003 y con altas prestaciones energéticas según la siguiente clasificación:
1. Aparatos divididos con una o más unidades interiores, tipo split, multi-split o bomba de calor partida, refrigerados por aire o por agua de clasificación energética A en refrigeración (equipos sólo frío) o clasificación energética A en refrigeración y calefacción (equipos bomba de calor).
2. Aparatos compactos refrigerados por aire o por agua de clasificación energética A en refrigeración (equipos sólo frío) o clasificación energética A en refrigeración y calefacción (equipos bomba de calor).
No serán subvencionables los aparatos de conducto único, incluido tipo portátiles o pingüino. Sólo será subvencionable la compra, por cada beneficiario de un único equipo de aire acondicionado (un único compresor) y siempre con la correspondiente sustitución del aparato antiguo por un nuevo equipo de clase A. No se considerará renovación cuando el aparato antiguo sea de conducto único.
2. Cuantía de la subvención
La cuantía de ayuda individual para cada aparato será la siguiente:
Equipo Potencia |
Potencia frigorífica (kW) |
Ayuda |
Equipos sólo frío o bomba de calor |
2 ≤ Pf < 5 |
150 € |
Equipos sólo frío o bomba de calor |
5 ≤ Pf < 10 |
350 € |
Equipos sólo frío o bomba de calor |
10 ≤ Pf ≤ 12 |
500 € |
La cuantía de la ayuda para la adquisición del aparato, no podrá suponer en ningún caso una reducción del precio de la instalación superior al 25%, por lo que se deberá reducir, en su caso, la cuantía de la ayuda hasta dicho límite. Se entiende por precio de la instalación, el precio del equipo y su montaje, IVA no incluido.
3. Documentación a aportar
Únicamente se podrá solicitar la subvención una vez los comercios adheridos a la campaña presenten en la oficina de campaña la siguiente documentación:
1. Copia del bono de ayuda firmado por el comprador y por el comercio o empresa instaladora. La firma del bono conllevará la autorización del beneficiario, salvo manifestación en contra, a que la AVEN obtenga directamente los datos relativos a la identificación personal, DNI ó NIE.
No se aceptarán bonos de ayuda que no estén completamente rellenos y firmados por el beneficiario.
2. En el caso de que el solicitante de la ayuda no sea una persona física se deberá presentar copia de la Tarjeta de Identificación Fiscal o copia del DNI o NIE en el caso de empresarios individuales.
3. Para instalaciones cuya potencia térmica nominal sea mayor o igual que 5 kW, copia compulsada del documento de legalización de la instalación en la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación. Como documento de legalización de la instalación se entregará el Certificado Final de Obra de Instalación Térmica en Edificio en el que se detalle claramente la marca y modelo del equipo de aire acondicionado instalado.
4. Duplicado o copia de la factura de venta e instalación del equipo de aire acondicionado, que deberá reflejar como mínimo:
– Fecha de venta.
– Datos del comercio adherido (persona jurídica, CIF y sello original).
– Datos del beneficiario (nombre, apellidos, DNI y domicilio).
– Datos del equipo de aire acondicionado vendido e instalado (tipo, marca y modelo de la unidad exterior y unidades interiores).
– Dirección de instalación del equipo de aire acondicionado.
– Desglose del coste del equipo de aire acondicionado, montaje, IVA. El descuento correspondiente al Plan Renove Aire Acondicionado 2011, se realizará después de aplicar el IVA y para que quede constancia del mismo se especificará en una línea el concepto «Descuento Plan Renove Aire Acondicionado 2011» y la cantidad correspondiente de ayuda en €, en función de la potencia térmica nominal del equipo.
5. Justificante de pago mediante entidad financiera: copia del extracto bancario junto con copia del cheque nominativo o de la orden de transferencia que acredite que el destinatario del pago coincide con el emisor de la factura. No se aceptarán pagos en efectivo, recibos o pagarés como justificante de pago.
6. Fotografías generales de los equipos de aire acondicionado antes y después de la renovación.
El plazo máximo para entregar toda la documentación especificada en este artículo será el 30 de noviembre de 2011.
4. Adhesión y obligaciones de los comercios participantes
La adhesión podrá llevarse a cabo desde la entrada en vigor de esta resolución hasta el 16 de septiembre de 2011. Los comercios interesados en participar y colaborar en la campaña de ayudas deberán hacer entrega, previo al inicio de la campaña, de la correspondiente ficha de adhesión, así como la documentación adjunta que se especifique en la ficha de adhesión.
Son obligaciones de los comercios adheridos:
a. Retirar los equipos de aire acondicionado sustituidos sin coste adicional para el beneficiario final y tratar este residuo. En este sentido, el comercio deberá poseer un convenio o contrato de servicios con una empresa gestora de residuos conforme a lo establecido en el Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos, electrónicos y la gestión de sus residuos. El comercio deberá certificar la entrega del equipo de aire acondicionado para ser reciclado, de manera que una vez ejecutada la medida el número de equipos subvencionados sea igual al de entregados.
b. Realizar el descuento de la ayuda siempre en el momento de la venta y entregar a los beneficiarios de las ayudas, el correspondiente cuerpo del bono de ayuda como justificante de la ayuda recibida, así como la factura original del equipo adquirido donde conste el descuento realizado en concepto de la ayuda.
c. Utilizar fielmente la imagen de la campaña de comunicación establecida por la Agencia Valenciana de la Energía para el desarrollo de la misma.
d. Seguir la metodología y procedimientos para el desarrollo de la campaña, y aceptar las resoluciones que en caso de duda o litigio decida la Comisión de Control y Seguimiento de la Campaña.
e. Colaborar activamente en la difusión y apoyo de los objetivos de la campaña relativos a:
f. Participar en las sesiones de formación/comunicación que se organicen por parte de AVEN o en su nombre, en las que se explicará el contenido de la campaña y la finalidad de misma.
g. Tramitar, cumplimentar y remitir a la Oficina de Campaña, sin coste alguno para el beneficiario, los correspondientes bonos de ayudas y documentación complementaria.
h. Someterse a las actuaciones de control que lleve a cabo la Agencia Valenciana de la Energía y a las actuaciones de control financiero que realicen la Intervención General de la Generalitat y la Sindicatura de Comptes.
Por último, la Agencia Valenciana de la Energía nos ha pedido que recordemos a los comercios o instaladores adheridos al plan que no retengan los bonos de ayudas y que, a medida que se realicen las instalaciones, se soliciten los bonos. De esta forma, se quiere evitar que se inmovilicen subvenciones que al final no se materializan y se pierda ese dinero. Además, recomienda no acumular expedientes y presentarlos todos juntos al final del plan.