Con fecha de hoy se ha publicado en el BOE la Resolución por la que se establecen los términos y condiciones del quinto tramo de la línea de avales a préstamos concedidos a empresas y autónomos, a préstamos concedidos a pymes y autónomos del sector turístico y actividades conexas y financiación concedida a empresas y autónomos para la adquisición de vehículos de motor de transporte por carretera de uso profesional.
A continuación se extractan las novedades más relevantes de esta resolución desde el punto de vista empresarial.
Línea de avales ICO.
- Se libera un quinto tramo de 15.500 millones de euros para renovaciones y nuevos préstamos, con cuatro subtramos:
-Hasta 7.500 millones de euros para autónomos y pymes,
-Hasta 5.000 millones de euros para grandes empresas,
-Hasta 2.500 millones de euros para autónomos y pymes del sector turístico y actividades conexas (el Anexo II delimita los CNAEs),
-Hasta 500 millones de euros para autónomos y empresas para la adquisición o arrendamiento financiero u operativo de vehículos a motor de transporte por carretera de uso profesional.
- Se mantienen las mismas condiciones y términos de los anteriores tramos.
- Para el subramo al sector turístico y actividades conexas se añaden las siguientes condiciones:
– la cobertura del aval será hasta el 80 % del principal del préstamo,
– el importe nominal del préstamo a avalar no podrá superar los 1.500.000 euros por empresa o autónomo,
– la finalidad de la financiación podrá ser, además de la cobertura de las necesidades de liquidez, la financiación de los gastos o inversiones necesarios para la mejora, ampliación o adaptación de las instalaciones, equipos y servicios prestados por las pymes y autónomos.
- Los avales de los cuatro subtramos podrán solicitarse hasta el 30 de septiembre de 2020; ampliable.
- Ayuda de Estado: este tramo de la línea de avales se configura de conformidad con el Marco Nacional Temporal relativo a las medidas de ayuda a empresas y autónomos consistentes en subvenciones directas, anticipos reembolsables, ventajas fiscales, garantías de préstamos y bonificaciones de tipos de interés en préstamos destinadas a respaldar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19, aprobado por la Comisión Europea en su Decisión SA.56851 (2020/N), de 2 de abril.
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