Por la presente os informamos de la publicación en BOE durante el pasado fin de semana de diversas resoluciones con afección a programas de financiación del IDAE. En concreto:
- Resolución de 6 de abril de 2020, del IDAE, por la que se publica la Resolución de 18/03/20, de Consejo de Administración, que deja sin efecto la de 29/03/11, por la que se establece la convocatoria y bases correspondientes para la habilitación de empresas colaboradoras en programa GIT con empresas del sector de las energías renovables para ejecución de grandes instalaciones térmicas en la edificación.
La dotación presupuestaria del programa fue de 17 M€. El remanente existente asciende a 7,52 M€, habiéndose formalizado 14 préstamos.
- Resolución de 6 de abril de 2020, del IDAE, por la que se publica la Resolución de 18/03/20, del Consejo de Administración, que deja sin efectos la de 13/05/10, por la que se establece la convocatoria y bases correspondientes a la habilitación de empresas colaboradoras en el Programa GEOCASA con empresas del sector de la energía geotérmica.
La dotación presupuestaria del programa fue de 3 M€. El remanente existente asciende a 1,01 M€, habiéndose formalizado 13 préstamos.
- Resolución de 6 de abril de 2020, del IDAE, por la que se publica la Resolución de 18/03/20, del Consejo de Administración, que deja sin efectos la de 13/05/10, por la que se establece la convocatoria y bases correspondientes a la habilitación de empresas colaboradoras en el Programa SOLCASA con empresas del sector de la energía solar térmica en edificios.
La dotación presupuestaria del programa fue de 5 M€. El remanente existente asciende a 2,28 M€, habiéndose formalizado 29 préstamos.
En los tres casos:
Se establece la finalización y cierre de los respectivos programas, dado el tiempo transcurrido desde su puesta en marcha y la ausencia de solicitudes de financiación, debido según el IDAE a la puesta en marcha de los programas de Rehabilitación de Edificios (PAREER/PAREER CRECE/PAREER II) y en las mejores condiciones ofrecidas por éstos y por el mercado.
La pérdida de eficacia de los programas se producirá en tres meses desde del día siguiente a la fecha de publicación.
[formulario id=50]