El Real Decreto 115/2017, en su artículo 9, recoge que las empresas habilitadas para el mantenimiento y revisión de los productos y aparatos que contienen gases fluorados, podrán almacenar y transportar tanto gases fluorados vírgenes como gases fluorados recuperados, entendiéndose por tales los extraídos de los productos y aparatos, y los recipientes que los contienen.
Cuando los gases fluorados se destinen a la regeneración o destrucción se deberán entregar en un plazo no superior a seis meses a un gestor de residuos para su tratamiento, manteniéndolos durante ese periodo de tiempo en unas condiciones de almacenamiento óptimas (bien etiquetados, zona bien ventilada, residuos segregados, etc.). A tal efecto, deberán disponer de un contrato en vigor con un gestor de residuos autorizado que asegure la mencionada recogida periódica de los residuos generados en sus instalaciones en el desarrollo de su actividad, así como de una contabilidad actualizada de las cantidades de residuos generadas, es decir, mantener un registro interno cronológico de las retiradas efectuadas. Así mismo estas empresas habilitadas deberán realizar la comunicación como productor de residuos a la Conselleria de Medio Ambiente para obtener el correspondiente NIMA (número de identificación medioambiental).
Por ello, desde Fempa, ofrecemos a los instaladores asociados, el Servicio de comunicación de productor de residuos en la Conselleria de Medio Ambiente con el fin de que pueda dar cumplimiento a esa exigencia. Básicamente, se trata de identificar los residuos generados (gases fluorados retirados, RAEE, aceites, etc.) y cantidades anuales producidas en una tabla, y cumplimentar una serie de documentos con datos de identificación de la empresa y del centro de trabajo. Es necesario disponer antes del contrato con el gestor de residuos.
Asimismo, también recoge que las empresas habilitadas colocarán una etiqueta en los equipos que contengan gases fluorados de efecto invernadero, con las características y de la manera prevista en la norma, en el momento de realizar alguna intervención. En el caso de que contengan sustancias que agotan la capa de ozono, la etiqueta deberá contener el tipo de sustancia, la cantidad de ésta contenida en los aparatos y los elementos de etiquetado establecidos. Con motivo de intentar ayudar a las empresas a cumplir con este requisito, la Federación ha editado de forma limitada modelos de estas etiquetas que pone a disposición de sus asociados de forma gratuita.
Los instaladores asociados ya tienen a su disposición el Resumen de las novedades introducidas por el nuevo Real Decreto 115/2017 sobre certificación y manipulación de gases fluorados de efecto invernadero, así como, una Tabla Resumen de los distintos gases fluorados y el tipo impositivo a aplicar según la Ley 16/2013.
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