Le informamos de las medidas adoptadas por Resolución de 26 de marzo de 2020, por la que se adaptan las líneas de financiación bonificada del IVF (IVF-autónomos y microempresas; IVF-pyme; e IVF-gran empresa) a la nueva realidad producida por el coronavirus, y se cierra la línea de financiación bonificada IVF-Afectados por la Dana de septiembre de 2019.
En las líneas “IVF-Pyme” e “IVF-Gran Empresa” se introduce la posibilidad de incluir como gastos financiables las necesidades de circulante no vinculadas al crecimiento empresarial.
El IVF podrá financiar hasta el 100 % del valor de los elementos de capital circulante adquiridos por la empresa.
El importe máximo financiable disminuye hasta los 2 millones de euros para grandes empresas, y 1,5 millones de euros para pymes.
En la línea de gran empresa el importe mínimo pasa a ser de 250.000 euros.
La línea “IVF-Autónomos y microempresas” pasa a tener un tipo de interés de Euribor con un mínimo del 0 % y un diferencial del 0 %.
La resolución modifica algunas de las condiciones que deberán cumplir los beneficiarios, así como la documentación que deberá acreditar.
Finalmente, mediante esta resolución de cierra la convocatoria de financiación bonificada “IVF-Afectados por la DANA de septiembre de 2019”.
Entrada en vigor:
La modificación de las líneas enumeradas entra en vigor el 31 de marzo de 2020.
En este sentido, a las solicitudes presentadas con registro de entrada anterior a la fecha de publicación de la resolución y que estén en fase de tramitación, se les aplicarán las condiciones de financiación vigentes en el momento de la solicitud.
[formulario id=50]