En cumplimiento del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial, entre los que se encuentran, entre otros, los productores que utilizan la cogeneración u otras formas de producción de electricidad a partir de energías residuales, la Federación recuerda a sus asociados que produzcan energía de esta forma, la necesidad de cumplir lo estipulado en los artículos 19 y 48 de este Real Decreto.
Concretamente, los titulares de las instalaciones inscritas en el correspondiente registro administrativo deberán enviar al órgano competente una memoria-resumen del año anterior durante el primer trimestre de cada año. Mientras que las instalaciones que tengan la obligación del cumplimiento del rendimiento eléctrico equivalente, se emitirá un certificado, durante el primer trimestre de cada año, por parte de una entidad competente reconocida por la Administración (Organismos de Control Autorizados), acreditando que se cumplen las exigencias mínimas que le son de aplicación, así como el valor realmente alcanzado de rendimiento eléctrico equivalente.
El objetivo principal del Real Decreto 661/2007 es, regular ciertos aspectos técnicos para contribuir al crecimiento de estas tecnologías, salvaguardando la seguridad en el sistema eléctrico y garantizando su calidad de suministro, teniendo en cuenta el crecimiento experimentado por el régimen especial de este tipo de instalaciones en los últimos años, unido a la experiencia acumulada durante la aplicación del Real Decreto 2818/1998 y Real Decreto 436/2004.
Otras instalaciones afectadas por el Real Decreto 661/2007, son las instalaciones que utilizan como energía primaria alguna de las energías renovables no consumibles, biomasa, o cualquier tipo de biocarburante, siempre y cuando su titular no realice actividades de producción en el régimen ordinario, y las instalaciones que utilizan como energía primaria residuos con valorización energética no contemplados anteriormente.
En este sentido, la Federación pone a disposición de sus asociados los convenios de colaboración firmados con estos Organismos de Control que les podrán asesorar en la materia y hacer cumplir con las obligaciones de esta normativa.