El Ministerio de Industria, Energía y Turismo ha publicado una nota aclaratoria en la que indican que “según la disposición final segunda del nuevo Real Decreto 238/2013, de modificación del RITE, desde el 15 de abril de 2013 todas aquellas instalaciones térmicas que se encontraran en fase de proyecto o ejecución pero para las que no se hubiera iniciado el procedimiento de registro previo a la puesta en servicio de la instalación, conforme a lo previsto en el artículo 24 del RITE, deberían adaptarse a los requisitos recogidos en el nuevo texto del RITE. No obstante y con el fin de evitar los perjuicios que la entrada en vigor del nuevo Real Decreto 238/2013 pueda ocasionar a todas aquellas instalaciones térmicas que se encontraban en fase de proyecto o ejecución, se establece la validez de la disposición transitoria primera del Real Decreto 1027/2007 que establecía la NO aplicación del RITE a edificios en construcción o con licencia en curso. El texto de aclaración del Ministerio es el siguiente:
“No será de aplicación preceptiva las modificaciones establecidas en el Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE), mediante el Real Decreto 238/2013, de 5 de abril, a los edificios que con anterioridad al 15 de abril de 2013 estaban en construcción ni a los proyectos que tengan solicitada licencia de obras, excepto en lo relativo a su reforma, mantenimiento, uso e inspección.”
Descárguese la nota aclaratoria del Ministerio