Desde el pasado 1 de abril los Centros de transformación se rigen por una normativa de los ochenta desarrollada a nivel nacional. Desde un principio, esta decisión ha contado con la oposición de los empresarios que entienden que la regulación de esta actividad, así como otras que se ven afectadas por el Decreto 141/2012 del Consell, deben mantenerse por motivos de seguridad.
FEMPA ha dado un nuevo paso judicial, junto con las federaciones de Valencia y Castellón, al formalizar la demanda ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana contra el Decreto 141/2012 de 28 de septiembre, del Consell, por el que se simplifica el procedimiento para la puesta en funcionamiento de industrias e instalaciones industriales.
“La supresión del marco regulatorio de determinadas actividades industriales como fontanería, o la eliminación de requisitos importantes para el desarrollo de otras actividades industriales como automoción o el mantenimiento eléctrico y de ascensores, tiene graves consecuencias para la sociedad valenciana y para las empresas de nuestra comunidad”, recordaba Guillermo Moreno, presidente de FEMPA “Nos hemos visto obligados a acudir a los tribunales como única alternativa. Era necesario adaptar el sistema a la normativa de Europa, y en esa línea iban nuestras propuestas no consideradas por el Consell que optó por eliminar la regulación, afectando gravemente a la seguridad industrial, a los consumidores y usuarios, y a la actividad de las empresas, ya de por sí muy perjudicadas por la actual crisis económica”.
Durante los últimos siete meses, FEMPA, FEMECAS y FEMEVA han estado trabajando en el recurso contencioso administrativo y en los argumentos que confirman la necesidad de una “completa, moderna y adaptada regulación a los tiempos que vivimos”. La demanda incluye sendos informes técnicos de ingenieros colegiados y del Instituto Tecnológico Metalmecánico (AIMME) que avalan la necesaria regulación de la actividad de fontanería y el reestablecimiento de los requisitos eliminados tanto para la automoción como los centros de transformación.
Tras el fin de la moratoria, el pasado 1 de abril, en lo que afecta a las subestaciones eléctricas y centros de transformación, para FEMPA es sumamente peligroso dejar que todo este sistema sea regulado por una normativa con más de 30 años de antigüedad a la espera de que se publique el tan esperado Reglamento Nacional. La obsoleta legislación ha supuesto importantes cambios para las Empresas Mantenedoras de Alta Tensión, relacionados con la periodicidad, pruebas y responsabilidad del mantenimiento de los centros de transformación y subestaciones. Es de sobra conocido entre los instaladores de electricidad las consecuencias que acarrea la falta de mantenimiento en subestaciones eléctricas y centros de transformación, pudiéndose llegar a cortes en el suministro, alteraciones en la tensión eléctrica, sin olvidar averías y accidentes que con un correcto mantenimiento se evitarían.
“Los perjuicios que sufren los profesionales de estas ramas por la falta de regulación y su efecto en el incremento de intrusismo profesional y de la inseguridad que ello conlleva, ha justificado que, en defensa de los intereses de los empresarios del sector, FEMPA acuda a los tribunales”, explicaba Guillermo Moreno presidente de FEMPA.
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