El pasado día 30 de Junio se publico en el BOE, la Resolución de 28 de junio de 2010 (para descargar, pulse aquí), de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establece el coste de producción de energía eléctrica y las tarifas de último recurso a aplicar en el tercer trimestre de 2010. Dicha publicación afecta a todos los suministros de luz que estén conectados en baja tensión y con potencia contratada menor o igual a 10 kW, principalmente las variaciones más ostensibles son:
En la tarifa de Acceso:
– No sufre variación para todas las de potencias superiores a 10 kW.
– Se reduce el precio para las potencias inferiores o iguales a 10 kW, dependiendo de la tarifa contratada:
La Tarifa 2.0A, sin discriminación horaria:
· El término de potencia no se modifica.
· El término de Energía baja un 4,3%.
– La Tarifa 2.0 DHA con discriminación horaria:
· El término de potencia no se modifica
· El término de Energía en Punta baja un 4,3%.
· El término de Energía en Valle baja un 16,8%.
En la tarifa de Último Recurso:
– Se mantiene el precio de la Tarifa de último suministro, tanto para el término de potencia como para el de energía, para la tarifa 2.0 sin discriminación horaria.
– Se modifica a la baja el precio de la Tarifa de último recurso con discriminación horaria para el término de energía en horas punta del 0,44% y se incrementa en un 0,08% el término de energía en horas en valle. El término de potencia permanece invariable.