Desde 1995, cuando entra en vigor la ley 31/1995 de 8 de noviembre, toda empresa debe cumplir una serie de obligaciones en materia de prevención y con el objetivo de reducir la siniestralidad laboral
OBLIGACIONES
- Garantizar la seguridad y salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo.
- Elaborar un plan de prevención de riesgos laborales, evaluación de los riesgos y planificación de la actividad preventiva. Proporcionar equipos de protección individual adecuados a sus trabajadores.
- Informar, consultar y permitir la participación de los trabajadores.
- Analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores.
- Proporcionar la vigilancia de la salud de forma periódica.(Reconocimientos Médicos)
- Elaborar y conservar a disposición de la autoridad competente la documentación relativa a las obligaciones anteriores.
- Coordinar las diferentes actividades empresariales dentro del centro de trabajo.
- Protección a trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos.
- Protección de la maternidad y a menores
- Garantizar una formación teórica y práctica en prevención de riesgos laborales.
Desde FEMPA, en su vocación de servicio al asociado, queremos ayudar a que nuestras empresas cumplan con las obligaciones que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales indica y recordar que el incumplimiento de la misma puede dar lugar a responsabilidades administrativas, penales y civiles por los daños y perjuicios que pueda derivarse de dicho incumplimiento.
De igual modo, queremos ofrecer a todos nuestros asociados la posibilidad que FEMPA brinda al empresario para cumplir con sus obligaciones en materia preventiva a través del Servicio de Prevención Mancomunado(SPM), el cual está a disposición de las empresas para ayudarlas en las exigencias que la Ley marca y mejorar así los terribles datos de siniestralidad que nuestro país arrastra.
Desde el SPM se ofrecen cursos de formación especializados, evaluaciones de riesgos de los centros de trabajo, puesta al día de toda la documentación relativa a la prevención, reconocimientos médicos de los trabajadores, asesoramiento en la elección correcta de los equipos de protección individual, planes de emergencia de los centros de trabajo,……. Más información sobre el SPM, pulse aquí
El Servicio Mancomunado de Prevención de FEMPA ha programado una serie de acciones formativas, gratuitas, dirigidas a los talleres de automoción mecánicos y de chapa y pintura
Las sesiones formativas se impartirán en varios días:
– 24/03/2011 Riesgos en talleres mecánicos (09:00h-11:00h)
– 25/03/2011 Riesgos en talleres de chapa y pintura (09:00h-11:00h)
– 31/03/2011 Riesgos en talleres de chapa y pintura (09:00h-11:00h)
– 01/04/2011 Riesgos en talleres mecánicos (09:00h-11:00h)
Horarios sujetos a modificaciones
A los trabajadores que asistan se les hará entrega de un justificante de formación y se hará entrega también a la empresa de los justificantes de formación según el artículo 19 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Está formación, que se impartirá en el Centro para el Fomento del Empleo y desarrollo tecnológico del Sector Metal, (Ubicación, pulse aquí) está exclusivamente dirigida a aquellas empresas asociadas a FEMPA que tengan contrato con el Servicio de Prevención de FEMPA.
Si algún taller no tiene contratado el Servicio de Prevención y desea asistir a las sesiones formativas, su ruega se pongan en contacto con el Sr. Jorge Satorre a través del correo electrónico spm@fempa.es o llamando al 965150300.