Tras la aprobación por parte del Gobierno del Plan de Ahorro Energético les hacemos llegar un primer análisis del Real Decreto 14/2022, con respecto a los puntos que afectan a los locales.
- Por lo que se refiere a las temperaturas de calefacción y refrigeración, estarán limitadas a 19 y 27 grados centígrados respectivamente; contarán con siete días desde la publicación de la norma para hacer efectiva la limitación, que estará en vigor hasta el 1 de noviembre de 2023. Sin embargo, bares y restaurantes y comercios con puestos de trabajo no sedentarios, pueden limitar el uso del aire acondicionado en torno a los 25 grados, teniendo en cuenta las recomendaciones de la legislación laboral, frente a los 27 grados que contempla el nuevo Real Decreto de medidas de ahorro y eficiencia energética aprobado por el Gobierno. Por lo tanto a los puntos de venta les es de aplicación el anterior RD 486/1997 que establecía el límite en 25º atendiendo a que los puestos de trabajo de tienda no son sedentarios
- La iluminación de escaparates cuando los establecimientos estén cerrados, podrá mantenerse hasta las 22 h.
- Los locales deberán tener un sistema de apertura que permita tener las puertas cerradas, para evitar malgastar energía por la pérdida de condiciones de temperatura en el interior.
- A partir del 2 de septiembre hay que tener expuestos carteles informativos y/o información en pantallas, con las medidas de aplicación que contribuyen al ahorro energético.
Cartel para locales
A continuación, les adelantamos un cartel para asociados de FEMPA, para facilitar el cumplimiento de esta obligación.