Como cada año, a partir del 1 de enero ya se podrá hacer efectiva la presentación de la Declaración Anual de Envases y Residuos de Envases, correspondiente al año 2014, en la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, con plazo hasta el 31 de marzo.
Deberán cumplimentar este documento todos los agentes económicos que, estando domiciliados en la Comunidad Valenciana, vengan obligados en virtud del artículo 15 del Real Decreto 782/1998, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases. Concretamente, en el artículo 1, punto 10 de esta ley, se indica que se consideran agentes económicos a todos los “fabricantes e importadores, o adquirientes, fabricantes, envasadores, comerciantes, distribuidores, recuperadores, consumidores y usuarios, las Administraciones Públicas”.
Son objeto de la Declaración Anual de Envases y Residuos de Envases todos aquellos envases puestos en el mercado o generados por cualesquiera de los agentes económicos mencionados anteriormente, entendiéndose por tales envases los recogidos en las definiciones del artículo 2 de la Ley 11/1997, de 24 de abril, y del Real Decreto 782/1998, de 30 de abril. Deberán declararse todos los envases puestos en el mercado, generados en un centro de producción, distribución o importación, excepto aquellos que sean puestos en el mercado a través de un Sistema Integrado de Gestión autorizado para operar en la Comunidad Valenciana, cuya declaración corresponderá a este último.
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