Las instalaciones existentes con anterioridad a la entrada en vigor del presente real decreto disponen hasta el 2 de enero de 2025 para adaptarse a las nuevas exigencias del anexo III apartado I que no tuvieran que cumplir previamente como consecuencia de la aplicación del Real Decreto 865/2003.
Real decreto 477/2022 entra en vigor
el 1 de enero de 2023
Dos años para adaptar las instalaciones existentes de agua
Instalaciones afectadas
Principales modificaciones
Es importante que las empresas instaladoras de ACS se anticipen dada la dificultad para que en dos años se puedan cambiar las instalaciones de los edificios.
Como anexo a esta nota adjuntamos contenido del anexo III apartado I con las nuevas obligaciones. Descarga del RD 477/2022 Legionelosis https://bit.ly/3I43pbB
Adjuntamos nota informativa para vuestros asociados con el texto completo del anexo III mencionado. ATECYR ha publicado un Documento de Referencia Técnico que clarifica aspectos dudosos para un experto en instalaciones de ACS. Podéis descargarlo en su web dejando vuestros datos personales o si lo preferís os lo podemos enviar por wetransfer (pesa 24Mg)
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