En el día de hoy se ha conocido oficialmente el IPC Real al 31 de diciembre de 2008, quedando dicha cifra en el 1,4%.
Debido a el comportamiento del IPC al término del ejercicio 2008, en relación con lo previsto en el Convenio Colectivo para la Industria del Metal, no existen atrasos de Convenio, ya que la cláusula de revisión de dicho convenio (artículo 52), se activa solo si el IPC Real hubiese quedado por encima del IPC Previsto (2%) por el Gobierno para el año 2008.
Lo que es realmente una buena noticia para los empresarios en estos tiempos que corren, evitando un tipo de pago diferido.