El Centro de Excelencia del metal acogía una nueva jornada informativa centrada en la Reforma Laboral, aprobada el pasado mes de febrero y en la que se han desgranado, aún más si cabe, los aspectos más importantes del nuevo marco legislativo en materia laboral. Esta jornada forma parte de las iniciativas puestas en marcha por FEMPA para dar a conocer la Reforma Laboral 2012 “ya que al tratarse de una norma recientemente aprobada, de gran complejidad, ha suscitado y suscitará, análisis importantes para su correcta aplicación”. FEMPA está programando un curso práctico de aplicación sobre la Reforma Laboral, previsto para finales del próximo mes de abril.
La reforma laboral 2012 ha sido descrita como valiente, drástica y ambiciosa y, que, sin duda, marca un antes y un después en las relaciones laborales.
Entre otras cuestiones “reinventa” la negociación colectiva al resaltar los convenios de empresas sobre los convenios sectoriales provinciales. Ello puede provocar situaciones de competencia desleal entre empresas del mismo sector. Por ello, es importante contar con los convenios de ámbito superior, como los Convenios para la Industria y Comercio del Metal de la provincia de Alicante, porque homogenizan las condiciones laborales del sector, establece un marco de competencia leal, evita la excesiva sindicalización en las empresas y posibles conflictos entre empresarios y trabajadores.
Juan Antonio de Lanzas, responsable del Área Laboral en la Comunidad Valenciana de Gómez Acebo & Pombo, explicaba que esta reforma flexibiliza las relaciones laborales de entrada, desarrollo y finalización. En su exposición ha destacado:
- Problemática de la eliminación de la autorización administrativa en los expedientes de regulación de empleo ya se deja abierta la posibilidad de demandar a la empresa por despido para aquellos trabajadores que no estén de acuerdo con la medida, aunque el procedimiento se haya realizado con acuerdo.
- Se limita la ultraactividad de los convenios
- Prevalencia de los convenios de empresa.
- Desaparición de los salarios de tramitación (salvo en determinados casos).
- Se elimina la figura del depósito de la indemnización en el plazo de 48 horas (despido express).
- Medidas de flexibilidad interna: ampliación de las materias de descuelgue del convenio colectivo y la modificación sustancial de las condiciones de trabajo, la clasificación profesional, la distribución irregular de la jornada y la flexibilización de la movilidad funcional y geográfica
- Medidas de flexibilidad externa: redefinición de las causas económicas del despido objetivo (criterios de aplicación) y la reducción de la indemnización del despido improcedente a 33 días.
Por su parte, Eduardo Alonso, asesor jurídico de FREMAP, ha profundizado en la nueva regulación del absentismo, destacando que la nueva legislación sólo se tiene en cuenta el absentismo del trabajador. Se han planteando distintos problemas como por ejemplo las recaídas en IT de procesos inferiores a 20 días. Además ha profundizado en la incidencia en el cálculo de las prestaciones de incapacidad que tienen medidas como las horas extraordinarias en el tiempo parcial, la desaparición de los salarios de trámite, la nueva clasificación profesional o el teletrabajo.
PRESENTACIONES
Descárguese la presentación Alcance Práctico de la Reforma Laboral 2012
Descárguese la presentación sobre absentismo
Descárguese el resumen del Real Decreto
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