El pasado 12 de marzo el pleno del Parlamento Europeo aprobó el nuevo Reglamento europeo de gases fluorados de efecto invernadero, que el próximo 14 de abril el Consejo tendrá que darle el visto bueno, con lo que, entre finales de abril principios de mayo, se publicará en el boletín europeo.
Su entrada en vigor está establecida para el 1 de enero de 2015.
Uno de los puntos más interesantes que recoge el nuevo Reglamento tiene que ver con la comercialización de los aparatos y equipos nuevos de aire acondicionado. En ese sentido, el artículo 11.5. condiciona la venta de estos equipos en grandes superficies comerciales a que la instalación la efectúe un profesional habilitado, intentando evitar las ventas sin control.
Artículo 11.5. “Los aparatos que no estén herméticamente sellados y que estén cargados con gases fluorados de efecto invernadero solo podrán venderse al usuario final cuando se aporten pruebas de que la instalación será realizada por una empresa certificada con arreglo a lo dispuesto en el artículo 10.”
Falta ver cómo se transpondrá posteriormente al ordenamiento jurídico español y cómo modificará al Real Decreto 795/2010.
Para consultar el texto aprobado, pulse aquí.
*MÁS ACLARACIONES SOBRE EL IMPUESTO DE GASES FLUORADOS
La Dirección General de Tributos ha publicado en su página web nuevas consultas sobre el funcionamiento del Impuesto sobre Gases Fluorados. Poco a poco, la administración va aclarando la sistemática de este nuevo impuesto.
Puede acceder al listado de consultas pulsando aquí