Objetivo
Las ayudas van destinadas a la mejora de la competitividad y el fomento de la calidad y la innovación de las pymes comerciales.
Beneficiarios
Empresas, calificadas como PYMES, que ejerzan o vayan a ejercer la actividad comercial en la Comunitat Valenciana, en alguna de las siguientes actividades de la División 6 del Impuesto de Actividades Económicas:
– Grupos 613, 614 y 615 de la Agrupación 61, excepto los epígrafes 614.1, 614.4, 615.1 y 615.5
– Todos los grupos de la Agrupación 64 excepto el 646 y 647.5
– Todos los grupos de la Agrupación 65 excepto los 654 y 655 y el epígrafe 652.1
En ningún caso serán apoyables las actividades de reparación y mantenimiento.
Continuïtat empresarial 2012 |
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Comerç innova 2012 |
Actuaciones apoyables
1. Las ayudas deberán ir destinadas a financiar los gastos corrientes derivados del mantenimiento o de la implantación de la actividad comercial en un mismo local por un nuevo titular, con motivo del cese en la actividad empresarial de su anterior titular.
2. Los gastos susceptibles de obtener financiación por este concepto son los siguientes:
a) Estudios de viabilidad y factibilidad comercial
b) Gastos de gestoría, notaría y registros necesarios para la constitución de la empresa o para el inicio de la actividad
c) Gastos de traspaso de local satisfechos al anterior titular
d) Gastos de alquiler de local devengados desde la fecha de presentación de la solicitud hasta el 30 de septiembre de 2012.
3. El cese de la actividad económica en el local en el que se pretenda desarrollar la actividad comercial por parte del solicitante deberá haberse producido durante el ejercicio 2012 o el inmediatamente anterior.
Cuantia de la ayuda
La ayuda a conceder para el total de las acciones consideradas apoyables será de hasta el 100% con el límite de 6.000€ por establecimiento, no pudiendo rebasar la ayuda para acciones contempladas en el punto 2.d) los 2.000€.
Plazo de presentación: 25 de mayo de 2012.
Más información
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Actuaciones apoyables
Serán apoyables las inversiones que se concreten en alguna de las siguientes actuaciones:
a) Modernización establecimiento. Se considerará apoyable la adquisición de equipamiento para el establecimiento comercial en, al menos una de, las siguientes materias:
– Exposición, almacenamiento y venta del producto.
– Señalización e identificación del establecimiento.
– Informática para la implantación de sistemas de información, gestión y comunicación. Se considerará apoyable la creación de páginas web y se excluirán los programas y aplicaciones.
– Sistemas de seguridad.
– Accesibilidad.
– Ahorro energético.
– Tratamiento de residuos.
b) Integración comercial.
c) Realización de diagnóstico punto de venta.
d) Innovación comercial.
Cuantía de la ayuda
Subvención hasta el 35% con el límite de 25.000€.
Se exigirá una inversión apoyable no inferior a 5.000€ para que las actuaciones puedan ser subvencionadas
Plazo de presentación: 25 de mayo de 2012.
Más información
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