Pueden tener la consideración de empresas beneficiarias las pymes con sede social o establecimiento de producción situado en la Comunidad Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, que cuentan, al menos, con tres personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas, consignados en el recibo de liquidación de cotizaciones de la Seguridad Social correspondiente al segundo mes anterior a la fecha de solicitud de la ayuda; todo ello siempre que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y que cumplan el resto de requisitos establecidos en los artículos 4 y 19 de las bases reguladoras.
Plazo de presentación
Desde el 15 de enero de 2019 hasta el 21 de febrero de 2019 a las 23:59:59 horas.
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