· Se apoyará la compra con un mínimo de dos mil euros con carácter general al igual que en el plan anterior, aportados a partes iguales por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo y por el fabricante o punto de venta.
· Se apoyará la compra de determinados vehículos para familias numerosas y para discapacitados con un mínimo de 3.000 euros.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones del “Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (PIVE-4)”. Con ello se ampliará en setenta millones de euros la dotación de este programa ante la favorable acogida por parte de consumidores del programa y el efecto positivo en la economía y el medio ambiente.
Con esta ampliación, que sube el monto total de fondos destinados por el Gobierno a 365 millones de euros, se eleva el ahorro anual de combustible a 127 millones de litros, con una reducción de emisión de gases de efecto invernadero de 261.000 toneladas de CO2 al año. La recaudación fiscal (Impuesto sobre el Valor Añadido) inducida asciende a casi mil millones de euros.
El PIVE mantiene sus principales características e incluye entre los vehículos subvencionables aquellos adaptados para los discapacitados.
Con la ampliación se financiará la sustitución de unos 70.000 vehículos, turismos y comerciales ligeros, con más de diez años y siete años de antigüedad respectivamente, por modelos de alta eficiencia energética, de menor consumo de combustibles y emisiones de CO2.
Podrán beneficiarse de las ayudas particulares, profesionales autónomos, microempresas y PYMES.
El beneficiario obtendrá la subvención directamente mediante el descuento correspondiente en el punto de adquisición del nuevo vehículo, que deberá estar adherido al Plan mediante un procedimiento regulado y publicado en la página web www.idae.es. Aquellos concesionarios ya adheridos a la tercera convocatoria lo estarán automáticamente en la ampliación. Los ciudadanos podrán consultar el listado de establecimientos adheridos en esa misma página.
Ayudas
La cuantía de la ayuda pública aportada por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo es de mil euros por vehículo, a los que se sumará el descuento que ha de aplicar el fabricante o punto de venta del nuevo vehículo incentivable en la factura de compraventa y que será, como mínimo, de otros mil euros.
En caso de vehículos de más de cinco plazas para familias numerosas o de vehículos para discapacitados, la ayuda y el descuento se incrementarán en quinientos euros, hasta una ayuda total de tres mil euros.
La ampliación estará vigente desde el 28 de octubre de 2013 y tendrá una vigencia de un año de duración o hasta el agotamiento de los fondos. Según cálculos del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), el ahorro energético asociado a esta ampliación ascenderá a unos veinticuatro millones de litros de combustible y 50.000 toneladas de CO2 al año.
Vehículos
Los vehículos susceptibles de acogerse al programa serán nuevos y deberán cumplir los siguientes requisitos:
1.- Vehículos de turismo (categoría M1):
· Convencionales, híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida (propulsados total o parcialmente mediante motores de combustión interna de gasolina o gasóleo y eléctricos) que a la fecha de solicitud de la ayuda se encuentren clasificados como clase A o B en la “Base de Datos del IDAE de consumo de carburantes y emisiones de CO2 de coches nuevos” según recoge el Real Decreto 837/2002 y la Directiva 1999/94/CE de etiquetado de turismos.
· Eléctricos puros.
· Propulsados por motores de combustión interna que puedan utilizar combustibles fósiles alternativos (autogás -GLP- y Gas Natural) que figuren en la Base de Datos del IDAE de consumo de carburantes y emisiones de CO2 de coches nuevos, y además, acrediten contar con emisiones de CO2 homologadas no superiores a 160 g/km (gramos por kilómetro).
2.- Vehículos comerciales ligeros (categoría N1):
· Convencionales, híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida propulsados total o parcialmente por medio de motores de combustión interna de gasolina, gasóleo, GLP y Gas Natural que, además, acrediten contar con emisiones de CO2 homologadas no superiores a 160 g/km (gramos por kilómetro).
· Eléctricos puros.
3.- Los vehículos turismos (M1) y comerciales (N1) con emisiones de CO2 iguales o inferiores a 120 g/km clasificados como clase A, B, C o D, en la citada base de datos.
4.- Sólo en el caso de que el solicitante, persona física, sea integrante de familia numerosa, los vehículos turismos (M1) dotados con más de cinco plazas podrán estar clasificados como clase A, B y C en la citada base de datos.
5.- Es requisito necesario dar de baja definitiva en tráfico por parte del centro autorizado al efecto, cualquier vehículo de categoría M1 o N1 propiedad del beneficiario, con una antigüedad mínima de diez años (M1) / siete años (N1) desde su primera matriculación.
6.- El precio de los vehículos adquiridos, antes de IVA, no puede ser superior a los veinticinco mil euros, excepto para los vehículos eléctricos, híbridos enchufables y de autonomía extendida. Exclusivamente para el caso de familias numerosas y vehículos con más de cinco plazas y vehículos para discapacitados señalados anteriormente, se eleva el límite de precio de estos vehículos hasta los treinta mil euros, antes de IVA.
Los programas de apoyo a la renovación del parque de vehículos se han mostrado como una de las medidas más efectivas para la reducción del consumo energético, con efectos adicionales positivos en materia ambiental y de seguridad vial.
El transporte, principal consumidor de energía final
El sector del transporte en España es el principal consumidor de energía final (37,4 por 100 en 2010), así como el principal emisor de gases de efecto invernadero (29,5 por 100 del total en el mismo año), enfrentándose a un importante reto en los próximos años para conseguir que nuestro país cumpla con los compromisos internacionales en cuanto a sostenibilidad ambiental y limpieza de aire en las ciudades.
El sector se caracteriza, además, por tener una estructura de consumo dominada por productos petrolíferos importados prácticamente en su totalidad, lo que contribuye a una elevada dependencia energética del exterior, muy superior a la media europea, con los consecuentes efectos en el déficit exterior y en la inflación.
Por otro lado, la continuidad en la caída de ventas de vehículos registrada en España en los últimos años ha provocado un envejecimiento del parque de vehículos de nuestro país que implica que sea menos eficiente y seguro y, por tanto, más costoso.
APROBADO EL PLAN PIMA AIRE 2 CON AYUDAS DIRECTAS PARA LA COMPRA DE MOTOCICLETAS, CICLOMOTORES Y BICICLETAS ELÉCTRICAS
· Además, se amplía a los particulares el Plan PIMA Aire, así como el plazo de las ayudas.
El Consejo de Ministros ha aprobado el Plan PIMA Aire 2, con ayudas directas para la adquisición de motocicletas y ciclomotores eléctricos y de bicicletas de pedaleo asistido por motor eléctrico.
La aplicación del PIMA Aire 2, que da continuidad al Plan de Impulso al Medio Ambiente (PIMA Aire) aprobado el pasado mes de febrero, forma parte de una estrategia global, puesta en marcha por el Ministerio, para reducir significativamente las emisiones de contaminantes atmosféricos, así como las de gases de efecto invernadero.
El PIMA Aire 2 se articula a través de la modificación del Real Decreto, de 8 de febrero de 2013, que regula la concesión directa de ayudas del Plan de Impulso al Medio Ambiente PIMA Aire para la adquisición de vehículos comerciales y turismos.
Esta iniciativa, con una dotación de 38 millones de euros, está destinada a la mejora de calidad del aire en España mediante la renovación de los vehículos y su sustitución por otros modelos más eficientes y de menor impacto medioambiental.
Ayudas para motos y bicis eléctricas
Las ayudas previstas en el PIMA Aire 2 serán financiadas con cargo a la misma aplicación presupuestaria que la del Plan PIMA Aire, por lo que no supondrá ningún incremento del gasto público.
Los beneficiarios obtendrán las ayudas directamente a la hora de abonar la factura en el punto de venta o concesionario y su cuantía para la adquisición de motocicletas eléctricas será de cuatrocientos euros, más doscientos euros que deberá aportar el punto de venta.
Para los ciclomotores eléctricos ascenderá a 250 euros, más cien euros del punto de venta. En estos dos casos el comprador deberá dar de baja definitiva un vehículo de su propiedad de categoría igual (Categoría L), con más de cinco años, o superior (M o N1), con más de siete años.
Cuando no se dé de baja otro vehículo, la ayuda se reduce a 350 euros para motocicletas, más 150 euros que aporta el punto de venta; y 230 euros para ciclomotores, más 70 euros que aportará el punto de venta.
Respecto a las bicicletas eléctricas de pedaleo asistido con batería que no sea de plomo-ácido y autonomía entre veinte y sesenta kilómetros, se prevén ayudas de doscientos euros.
AMPLIADOS LOS BENEFICIARIOS
Asimismo, el Consejo de Ministros ha aprobado ampliar los beneficiarios para ambos tipos de ayudas (PIMA Aire y PIMA Aire 2) para que puedan acceder a ellas tanto particulares como empresas. El plazo de presentación de solicitudes también se amplía, ya que estaba fijado hasta el 31 de diciembre de 2013, y ahora se prolongará hasta el agotamiento del crédito.
SUBVENCIONES
· Real Decreto 831/2013, de 25 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 89/2013, de 8 de febrero, por el que se regula la concesión directa de ayudas del Plan de Impulso al Medio Ambiente “PIMA Aire” para la adquisición de vehículos comerciales.
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