Dirigido a: Empresas o entidades acreditadas por ENAC
Fecha límite presentación solicitudes: 2014: Desde el 2 de septiembre de 2014 hasta el 8 de octubre de 2014 a las 14 horas*
* según condiciones de la convocatoria del programa publicada en el DOCV nº 7350 de fecha 01/09/2014
Objetivo
Apoyar la certificación de proyectos de I+D+i que realicen empresas o entidades acreditadas por ENAC durante el ejercicio 2014 y 2015, de manera que puedan acceder a las deducciones fiscales previstas en el artículo 35 del texto refundido de la Ley de Impuesto de Sociedades (RDL 4/2004), pudiendo opcionalmente acceder a la obtención de un informe motivado emitido por el Ministerio competente.
Beneficiarios
Empresas con sede social o establecimiento productivo en la Comunitat Valenciana y que desarrollen el proyecto objeto de certificación en este ámbito geográfico. Quedan excluidas las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones, administraciones públicas, y en general, las entidades sin ánimo de lucro.
No podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas cuya actividad esté relacionada con:
• Los sectores de la pesca y la acuicultura regulados en el Reglamento (CE) nº. 104/2000 del Consejo (DO L17, de 21.01.2000, p.22),
• La producción primaria de productos agrícolas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.1 del Reglamento (CE) Nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las Ayudas de minimis, y sin perjuicio de lo establecido en el apartado 2 de dicha disposición,
Requisitos de los proyectos
• Por proyecto se entiende cualquier iniciativa de gasto o inversión, sobre una operación o activo concreto, que vaya a realizarse en un plazo determinado y que, de forma individual o combinada, tenga un sentido empresarial, sin perjuicio de que esa iniciativa pueda integrarse, en su contenido o en el tiempo, en un plan mayor.
• Los proyectos de certificación deberán iniciarse con posterioridad al 1 de enero de 2014.
• Los proyectos objeto de subvención consistirán en la Certificación de proyectos de I+D+i, desarrollados por las empresas beneficiarias, a efectos de deducción fiscal según el artículo 35 del texto refundido de la Ley de Impuesto de Sociedades (RDL 4/2004). Las definiciones de “Investigación”, “Desarrollo” e “Innovación Tecnológica” serán los que se establecen en el texto de la Ley del Impuesto de Sociedades.
• Los costes subvencionables no podrán recibir simultáneamente ayudas en el marco de esta convocatoria y de otras procedentes de otras administraciones.
• La ejecución de los proyectos no deberá vulnerar en ningún caso el principio de no discriminación por razón de sexo, raza, origen étnico, religión, convicciones, minusvalías, edad u orientación sexual, y deberán facilitar -o al menos no impedir- la accesibilidad para las personas discapacitadas. Asimismo deberá ejecutarse en el marco de un desarrollo sostenible y de fomento de la protección y mejora del medio ambiente.
• Las empresas solicitantes sólo podrán presentar un máximo de dos proyectos en la presente convocatoria.
Actuaciones apoyables
Certificación de proyectos de I+D+i, desarrollados por las empresas beneficiarias, a efectos de deducción fiscal.
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdido del coste de la certificación de I+D+i emitida por la empresa o entidad acreditada por ENAC (Entidad Nacional de Acreditación), con las siguientes características:
• Si se trata de la primera ayuda solicitada ante el IVACE para este fin o si el solicitante no obtuvo ayudas en el Plan de I+D Empresarial para los ejercicios 2012 y 2013. Programa de Estímulo a la Deducción Fiscal y al acceso a la I+D nacional e internacional. Actuación de certificación de proyectos de I+D para deducción fiscal (DOCV número 6797 de 15 de junio de 2012), la intensidad máxima será del 75% del coste elegible con un máximo de 3.000 euros por proyecto.
• Si el solicitante ha obtenido otra ayuda por el IVACE para este fin o la obtuvo en el Plan de I+D Empresarial para los ejercicios 2012 y 2013. Programa de Estímulo a la Deducción Fiscal y al acceso a la I+D nacional e internacional. Actuación de certificación de proyectos de I+D para deducción fiscal fiscal (DOCV número 6797 de 15 de junio de 2012), la intensidad máxima será del 37,5% del coste elegible con un máximo de 1.500 euros por proyecto.
En el caso de que el solicitante haya presentado dos solicitudes de ayuda en la presente convocatoria y que, tras el proceso de concesión ambas resulten apoyables, se ordenarán, para la aplicación de las intensidades mencionadas, conforme a la puntuación obtenida en su evaluación; en caso de igualdad de puntos, se considerará en primer lugar la que suponga un mayor importe de subvención.
Las ayudas descritas estarán sujetas al régimen de minimis, por lo que las ayudas concedidas a la empresa beneficiaria no podrán ser superiores a 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales. Para las empresas que realicen por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera, se estará a los límites y condiciones del artículo 3, apartados 2 y 3 de dicha disposición.
Costes subvencionables
Servicios Externos
• Coste de certificación del proyecto de I+D+i por parte de empresas o entidades acreditadas por ENAC (Entidad Nacional de Acreditación)
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes: Los plazos de presentación de solicitudes son los indicados en el cuadro siguiente
Plazo de presentación de solicitud |
Inicio de los proyectos |
Periodo subvencionable de gastos |
Fecha máx. de justificación de los proyectos |
Desde el 2/09/2014 hasta 08/10/2014 |
Desde 01/01/2014 |
entre el 01/01/2014 y el 31/05/2015 |
22/06/2015 |
Criterios de valoración
Para la selección de proyectos se establecerá una ordenación de las propuestas en función de la tipología de certificado a obtener, con arreglo a los siguientes criterios y puntuaciones:
• Certificado de proyecto para deducción fiscal con personal investigador en exclusiva: 100 puntos
• Certificado de proyecto de contenido y primera ejecución: 90 puntos
• Certificado de proyecto de contenido y primera ejecución (muestrarios): 80 puntos
• Certificado de proyecto de contenido y ejecución con exante previo o seguimiento: 70 puntos
• Certificado de proyecto ex ante: 60 puntos
Solicitud y documentación
Lugar de presentación de solicitudes:
Tanto la solicitud como la memoria y el resto de documentación se presentarán ante el Registro Telemático de la Generalitat, y éste emitirá automáticamente un resguardo acreditativo de su presentación, que podrá ser archivado o impreso por la empresa interesada, en los términos previstos en el Decreto 18/2004, de 13 de febrero, del Consell de la Generalitat, de creación del Registro Telemático de la Generalitat y regulación de las notificaciones telemáticas de la Generalitat.
Una vez cumplimentado el formulario de solicitud desde el trámite telemático, se deberá anexar la memoria técnica del proyecto en formato electrónico.
Para descargar la convocatoria publicada en el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana pulse aquí