Entidades beneficiarias
Cualquier empresa o entidad, de naturaleza pública o privada, dependiendo de lo establecido en el anexo para cada actuación apoyable y siempre que cumpla los requisitos en estas previstos.
No podrán ser beneficiarios las empresas de servicios energéticos, entendida como empresa de servicios energéticos (ESE), toda aquella persona jurídica que proporcione servicios energéticos en las instalaciones o locales de un usuario y afronte cierto grado de riesgo económico al hacerlo.
Objeto
Ayudas en materia de movilidad sostenible, a través de actuaciones encaminadas a cumplir los compromisos internacionales en materia de ahorro, diversificación energética y respeto al medioambiente, con cargo al presupuesto del ejercicio 2019.
Las actuaciones apoyables podrán ser las siguientes:
Proyectos piloto de movilidad urbana sostenible
- Promoción del transporte urbano en bicicleta
- Proyectos de logística urbana sostenible
- Sistemas inteligentes de transporte público urbano
- Adquisición de vehículos eléctricos o propulsados por combustibles alternativos
- Inversiones en estaciones de recarga de gas natural e hidrógeno
Plazo de presentación de las solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) y finalizará el 23 de mayo de 2019.
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