Jornada de Puertas Abiertas sobre el Real Decreto 56/2016 de la Transposición de la Directiva 2012/27/UE Auditorías Energéticas, Acreditación de Proveedores de Servicios, Auditores Energéticos y promoción de la Eficiencia.
¿QUÉ IMPLICACIONES TIENE PARA MI EMPRESA EL NUEVO RD 56/2016 SOBRE AUDITORÍAS ENERGÉTICAS?
El pasado 13 de febrero se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 56/2016 sobre auditorías energéticas en España, por el cual se transpone parcialmente la Directiva Europea relativa a la eficiencia energética 2012/27/UE. Este Real Decreto establece la obligación de realizar una auditoría energética en las compañías que no sean PYMES, conforme a lo establecido en el título I del anejo de la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, sobre la definición de microempresas, Pymes, sobre las actividades que administra la compañía.
Este Reglamento establece que la auditoría energética debe efectuarse cada 4 años, desde la fecha de la auditoría energética precedente, y afecta a aquellas empresas que tengan la consideración de grandes empresas, entendiendo por tales tanto las que ocupen al menos a 250 personas como las que, incluso sin cumplir dicho requisito, tengan un volumen de negocio que sobrepase 50 millones de euros, así como un cómputo general que sobrepase de 43 millones de euros.
En esta Jornada de Puertas Abiertas se analizaran las exigencias que la Directiva obliga a trasponer a los estados Miembros en materia de Auditorías Energéticas y Proveedores de Servicios Energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía, así como los requisitos que deberán cumplir las auditorías.
· Deberán basarse en datos operativos actualizados, medidos y verificables.
· Abarcarán un examen pormenorizado del perfil de consumo de energía de cada una de las localizaciones analizadas (mínimo 85% del consumo global de la empresa).
· La selección de mejoras se fundamentarán, siempre que sea posible en criterios de rentabilidad en el análisis del coste del ciclo de vida total, a fin de tener en cuenta el ahorro a largo plazo.
· Los datos empleados en las auditorías energéticas deberán poderse almacenar para fines de análisis histórico y trazabilidad del comportamiento energético.
· Además de los requisitos que deben cumplir las auditorías y las obligaciones para las empresas, en el RD 56/2016 se definen también las obligaciones de los auditores energéticos y el régimen sancionador, entre otros aspectos.
· Etc…
Tras el análisis del Real decreto se abrirá una mesa redonda de opinión, donde se hablará de muchas cosas, entre las que cabe destacar lo que se debería haber publicado para consolidar la eficiencia energética como pilar básico de la reducción del consumo energético y promoción del mercado de los proveedores servicios energéticos.
DIRIGIDO A:
Esta jornada está orientada a todos los agentes relacionados con el mercado de los proveedores de servicios energéticos, en concreto a ingenierías, consultorías, entidades de certificación, auditores energéticos, inspectores de eficiencia energética, certificadores y técnicos de mantenimiento.
Fecha: |
Miércoles 11 de mayo 2016 |
Horario: |
De 16:00 a 19:00 |
Asistencia: |
GRATUITA Necesaria la inscripción previa |
Lugar: |
FEMPA c/ Benijofar 4-6 Pol. Ind. Agua Amarga Alicante |