La Comisión Negociadora del Convenio de Industria del Sector del metal de la provincia de Alicante, formada por FEMPA, UGT y CCOO, han acordado, en cumplimiento de lo previsto en la disposición adicional cuarta del vigente convenio, introducir el nuevo ámbito funcional previsto en el Acuerdo Estatal del Sector Metal, recientemente publicado.
El nuevo ambito funcional supone la concreción del espacio y de los límites de la Industria, la Tecnología y los Servicios del Sector del Metal, así como, la relación de CNAEs y Notas Explicativas de los epígrafes de éstas, relacionados con el ámbito funcional del Sector.
Al mismo tiempo, la Comisión Negociadora del Convenio de Industria del Sector del metal de la provincia de Alicante también adoptó el acuerdo relativo a la incorporación de la “Relación de ocupaciones y puestos de trabajo afectados por riesgos eléctricos que no pueden ser realizados por Empresas de Trabajo Temporal en el Sector del Metal”, que formaba parte de dicho acuerdo nacional.
Este último acuerdo, que viene a dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 17 de la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo, que modifica la Disposición Adicional Segunda de la ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal, se ha negociado con el objeto de vedar la contratación a través ETT, a partir del 1 de abril de 2011, por razones tanto de seguridad y salud de los trabajadores, como de carácter organizativo de las empresas que desarrollan este tipo de trabajos, cuando se trate de realizar por dichas ETT ocupaciones o tareas relacionadas con los riesgos eléctricos de alta tensión.
Descarguese la publicación del BOE de 15 de abril de 2011 se registra y publica el acta de los Acuerdos referentes a la modificación del Acuerdo estatal del sector del metal.
Descárguese el acta de la Comisión Negociadora del Convenio de Industria del Sector del metal de la provincia de Alicante.