- Con fecha 24 de septiembre de 2021 se ha publicado en el BOE Extracto de la Resolución de 20 de septiembre de 2021, de la Dirección General de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), por la que se establece la convocatoria del programa de incentivos a proyectos singulares en movilidad eléctrica (MOVES Proyectos Singulares II).
Una iniciativa FEDER
Las Oficinas Acelera pyme puestas en marcha en toda España por Red.es, entidad pública adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, cuentan con un presupuesto global de 8 millones de euros, de los cuales Red.es aportará 6,3 y las entidades beneficiarias el resto. Las actuaciones están cofinanciadas con fondos FEDER de la Unión Europea, en el marco del Programa Operativo Plurirregional de España FEDER 2014-2020 (POPE) bajo el lema “Una manera de hacer Europa”.
Plan MOVES Proyectos Singulares II
Las ayudas se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva, a proyectos singulares de movilidad eléctrica.
a) Beneficiarios Plan MOVES Proyectos Singulares II
Podrán ser beneficiarios de este programa:
- Todo tipo de empresas con personalidad jurídica propia
- Universidades y centros privados de investigación y desarrollo, con personalidad
jurídica propia.
- Consorcios y agrupaciones empresariales con o sin personalidad jurídica propia.
- El sector público institucional.
b) Presupuesto Plan MOVES Proyectos Singulares II
La presente convocatoria cuenta con una dotación presupuestaria máxima inicial de cien millones de euros (100 millones de euros), que serán previamente transferidos a IDAE desde los Presupuestos Generales del Estado.
Se establece un límite máximo de ayuda, de 15 millones de euros por proyecto beneficiario, así como una inversión mínima por proyecto de 100.000 euros.
Las ayudas serán compatibles con otras ayudas concedidas, para la misma finalidad, por cualquiera Administraciones públicas u organismos o entes públicos, nacionales o internacionales, siempre que no se supere el coste de la actividad subvencionada y se cumplan las dos condiciones siguientes:
- a) Que, de forma acumulada, no se superen los límites establecidos por el Reglamento (UE) Nº.651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
- b) Que las ayudas otorgadas por las otras Administraciones, para la misma actuación, no cuenten con cofinanciación de Fondos Europeos.
c) Plazo de presentación Plan MOVES Proyectos Singulares II
El plazo máximo de presentación de solicitudes es de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación de este Extracto.
d) Solicitudes Plan MOVES Proyectos Singulares II
Las solicitudes se realizarán a través del sistema telemático correspondiente alojado en el Portal de Ayudas de la sede electrónica del IDAE (https:// www.idae.es ) donde se dispondrán los medios electrónicos de ayuda necesarios.