Ha sido publicada la Orden ITC/1992/2010, de 14 de julio, por la que se determinan las condiciones técnicas que deben cumplir las láminas de material plástico destinadas a ser adheridas a los vidrios de seguridad y materiales para acristalamiento de los vehículos en servicio, en la que se establecen las especificaciones de ensayo, instalación y marcado de las láminas plásticas solares y de las láminas plásticas publicitarias destinadas a ser adheridas en los vidrios de los vehículos a motor y no homologadas conjuntamente con el vidrio soporte. (BOE 179 de 24 julio, para descargar, pulse aquí)
La orden entrará en vigor el próximo 24/10/2010, derogando la Orden del Ministerio de Ciencia y Tecnología de 6 de junio de 2001 por la que se determinan las condiciones técnicas que deben cumplir las láminas de material plástico destinadas a ser adheridas a los vidrios de las ventanas laterales traseras y a los vidrios de la luneta trasera de los vehículos de motor en servicio.
Las láminas plásticas ensayadas, certificadas y marcadas de conformidad con lo establecido en la Orden del Ministerio de Ciencia y Tecnología de 6 de junio de 2001, seguirán siendo válidas durante 12 meses. A partir de entonces, sólo serán válidas si cumplen con lo establecido para marcado en la presente Orden.