El Gobierno ha aprobado un Real Decreto que regula el programa de ayudas para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias con un total de 30 millones que las Comunidades Autónomas según el reparto en anexo deberán convocar y gestionar. Os resumimos las condiciones y os recomendamos estar especialmente atentos a la convocatoria correspondiente en vuestra CCAA.
Para quién
Personas físicas o jurídicas, privadas o públicas, que sean titulares de una explotación agropecuaria; las Comunidades de Regantes y otras organizaciones dirigidas a la gestión de agua para el riego agropecuario
Por qué
Para favorecer el ahorro energético, mejorar de la competitividad del sector, así como la utilización de las energías renovables y la reducción de las emisiones de CO2, contribuyendo al cumplimiento del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030
Cuánto y condiciones
· Las ayudas cubrirán hasta el 30% del coste del proyecto
· Deben lograr una reducción del consumo de energía final del 10%.
· Justificar el ahorro de energía final mediante uno de los métodos de cálculo del anexo V de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012, y según la Recomendación (UE) 2019/1658 de la Comisión de 25 de septiembre de 2019
· Se concederán por orden de entrada
· Las ayudas estarán vigentes desde la convocatoria por cada CCAA hasta el 31.12.2021.
Qué cubre
Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de regadío como:
· La sustitución de grupos de bombeo por otros más eficientes energéticamente
· La implantación de variadores de frecuencia y arrancadores estáticos o la sustitución por equipos más eficientes energéticamente en bombeos
· La implantación o modernización de sistemas de regulación, control y monitorización de la red de riego que contribuyan de forma directa al ahorro de energía
· La instalación o sustitución de baterías de condensadores para mejorar la eficiencia energética de las instalaciones eléctricas de las estaciones de bombeo.
· No serán elegibles aquellas actuaciones que contribuyan al incremento en el consumo de agua o de la superficie regable.
Mejora de la eficiencia energética y utilización de energías renovables térmicas:
· Actuaciones sobre la envolvente térmica que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración de los edificios agropecuarios, incluyendo soluciones bioclimáticas
· Actuaciones en las instalaciones térmicas de calefacción, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria como las destinadas a los procesos de pasteurización y conservación de productos perecederos, a la climatización de naves de ganado e invernaderos, refrigeración en procesos de fermentación del vino, etc.
· Mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de generación, distribución, regulación y control y elementos terminales de las instalaciones térmicas, incluyendo el aprovechamiento de calores residuales y nuevas redes de calor
· Sustitución de energía convencional en instalaciones térmicas por energías renovables térmicas (energía solar térmica, biomasa, energía geotérmica, energía ambiente (aerotermia o hidrotermia), bombas de calor o una combinación de ellas). No se considerará elegible la sustitución de un generador térmico por otro que utilice combustible de origen fósil.
· Reforma o sustitución de instalaciones de iluminación interior y alumbrado exterior
· Renovación de motores para accionamientos mecánicos y otros servicios.