En el pasado Consejo de Ministros del día 7 de julio se aprobó un real decreto que actualiza la vigente reglamentación para las instalaciones de suministro a vehículos. El objetivo es adaptar sus requisitos a los avances tecnológicos y a los nuevos carburantes, bioetanol y biodiesel, con lo que se contribuye a reforzar los sistemas de prevención ante fugas de combustible y a reducir las probabilidades de una contaminación de suelos.
El texto establece requisitos y calendario para que las instalaciones enterradas existentes con tanques de simple pared y tuberías de impulsión de simple pared se conviertan a doble pared. En el caso de las gasolineras cuyas ventas anuales sean iguales o inferiores a tres millones de litros, tendrán que instalar un sistema de detección temprana de fugas. Para evitar la contaminación de los terrenos en los que están instalados los tanques de combustible y las tuberías, la norma describe los sistemas que se pueden emplear para la detección temprana de fugas.
Gasolineras desatendidas
Además, la norma establece las medidas adicionales que deben implantar las gasolineras desatendidas, entre ellas, un interruptor de paro de emergencia que permita el corte de corriente, la supervisión con cámaras de seguridad y la conexión a una central receptora de alarma. Todo ello completado con revisiones periódicas de detección de fugas y requisitos adicionales para las instalaciones de servicio que suministran biocombustibles.
Les daremos traslado del nuevo texto en el momento de su publicación en el B.O.E.
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