A partir de ayer lunes, los comercios minoristas que se encontraban cerrados, entre los que se hayan tiendas de fontanería, electricidad o climatización, pueden abrir al público. En los arts. 1 a 3 de la Orden SND/388/2020, publicada el domingo día 3 de mayo, podéis ver las condiciones para estas aperturas que os resumimos:
· Local de menos de 400 m2.
· Que no se hallen en un centro comercial o parque comercial, a no ser que tengan acceso independiente desde el exterior.
· Sistema de cita previa de forma que nunca haya más de un cliente por cada trabajador. (Se recomienda a los instaladores colocar un cartel en la puerta indicando que antes de pasar a la tienda, espere en la puerta a ser atendido, de esta forma si un cliente sin cita acude a la tienda, deberá esperar a que los empleados estén libres y le indiquen que puede pasar).
· Se garantizará la atención individualizada al cliente con la debida separación
· física de 2 m. o si ello no es posible, mediante la instalación de mostradores o mamparas.
· Se establecerá un horario de atención preferente para mayores de 65 años, que deberá hacerse coincidir con las franjas horarias para la realización de paseos y actividad física de este colectivo (de 10 a 12 y de 19 a 20 h.).
· Al menos dos veces al día (una al finalizar la jornada), se hará una limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a las superficies de contacto más frecuentes.
· Para dicha limpieza se podrá realizar, a lo largo de la jornada y preferentemente a mediodía, una pausa de la apertura dedicada a tareas de mantenimiento, limpieza y reposición.
· Asimismo, se realizará una limpieza y desinfección de los puestos de trabajo en cada cambio de turno, con especial atención a mostradores, mamparas, teclados, terminales de pago, pantallas táctiles, herramientas de trabajo y otros elementos susceptibles de manipulación, prestando especial atención a aquellos utilizados por más de un trabajador.
· Lavado y desinfección diaria de los uniformes y ropa de trabajo.
· Ventilación adecuada.
· No se utilizarán los aseos de los establecimientos comerciales por parte de los clientes, salvo en caso estrictamente necesario.
· No se incorporarán al trabajo empleados en cuarentena, con síntomas.
· Trabajadores con EPIs (mascarilla obligatoria si no se puede mantener 2 m. de distancia, guantes), geles hidroalcohólicos con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad para la limpieza de manos, o cuando esto no sea posible, agua y jabón.
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