El pasado 31 de Diciembre de 2011, se publicó el RDL 20/2011 de Medidas Urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público. Esta norma introduce una importante cantidad de medidas encaminadas a la disminución del déficit, de las novedades en materia laboral destacamos las siguientes:
1.-Empleo Público: Durante 2012 no se procederá a la incorporación de personal, ni se contratará personal temporal ni se autorizarán convocatorias de plazas vacantes.
La contratación de personal laboral temporal y el nombramiento de funcionarios interinos y de personal estatutario temporal, que se realizará únicamente en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables, se restringirán a los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales y requerirá la previa y expresa autorización del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
2.- Pensiones (art. 5). Para 2012, con carácter general y salvo algunas excepciones, las pensiones se revalorizarán un 1%.
Disposición adicional novena.Se aplaza la aplicación de lo establecido en la disposición adicional trigésima de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, de actualización, adecuación y modernización del Sistema de Seguridad Social (incremento de las pensiones de viudedad)
3.- Actualización de bases y tipos de cotización a la Seguridad Social. (art. 13)Las cuantías de las bases máximas aplicables en los distintos Regímenes de la Seguridad Social se incrementarán, respecto a las vigentes en el 2011, en un 1 por ciento.
Los trabajadores autónomos que, a 1 de enero de 2012, tengan 47 años de edad, si su base de cotización fuera inferior a 1.682,70 euros mensuales no podrán elegir una base de cuantía superior a 1.870,50 euros mensuales, salvo que ejerciten su opción en tal sentido antes del 30 de junio de 2012, lo que producirá efectos a partir del 1 de julio del mismo año.
4.- Desempleo: Se prorroga durante 6 meses el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo. Serán beneficiarias de la prórroga de este programa las personas inscritas en la Oficinas de Empleo como desempleadas por extinción de su relación laboral que, dentro del período comprendido entre el día 16 de febrero de 2012 y el día 15 de agosto de 2012, ambos inclusive, agoten la prestación por desempleo de nivel contributivo y no tengan derecho a cualquiera de los subsidios por desempleo establecidos en la ley, o bien hayan agotado alguno de estos subsidios, incluidas sus prórrogas. Este programa consiste en acciones de políticas activas de empleo y la percepción de una ayuda económica. (Disposición Adicional decimotercera).
5.- Contratos de Formación: (Disposición Adicional decimoséptima) Se amplía al 31 de Enero de 2012 el plazo para realizar actividades formativas en los contratos para la formación y el aprendizaje.
6.- Permiso paternidad: (Disposición Final octava) Se retrasa la ampliación del descanso por paternidad. Estaba previsto que a partir del 1 de Enero de 2012 se ampliara el permiso por paternidad a 4 semanas. Esta ampliación queda pospuesta al 1 de enero de 2013.
7.- Ley de Dependencia: (Disposición Final decimocuarta) Aplazamiento hasta el 1 de Enero de 2013 de la aplicación de la Ley de Dependencia para nuevos beneficiarios, manteniendo la cobertura a todos los actuales beneficiarios.
Para más información, descárguese el RDL 20/2011 de Medidas Urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera y su corrección de errores
Conozca las medidas fiscales urgentes para la corrección del déficit público