El Ministerio para la Transición Ecológica abrió recientemente el periodo de información pública del Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) y, cuyo plazo de presentación de alegaciones, finalizará el próximo 16 de septiembre de 2019.
Este Proyecto de RD propuesto incluye las novedades presentadas por la reciente aprobación de la Directiva (UE) 2018/844 del Parlamento europeo y del Consejo, por la que se modifica la Directiva 2010/31/UE relativa a la eficiencia energética de los edificios, sobre todo en lo relativo a la introducción de nuevas definiciones y modificación de las existentes, como por ejemplo, instalación técnica.
Asimismo, se establecen nuevas obligaciones relativas a los sistemas de automatización y control de las instalaciones técnicas, cuando sea técnica y económicamente viable, para monitorizar y adaptar el consumo energético del edificio de forma continua. Además, se establece la medida y evaluación de la eficiencia energética general en estas instalaciones y la modificación del régimen de inspecciones.
El texto incluye también, por la aplicación de la Directiva (UE) 2018/2002 del Parlamento europeo y del Consejo, por la que se modifica la Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética, las novedades respecto a las obligaciones relacionadas con la contabilización de consumos de calefacción, refrigeración y agua caliente sanitaria, así como la necesidad de disponer de una lectura remota de estos y los derechos relacionados con la facturación y la información sobre la facturación o el consumo.
Por último, este texto propuesto del RITE incluye también los sistemas pasivos que permiten la climatización de los edificios sin usar energía adicional.
Esto no significa que la publicación del nuevo RITE sea inminente. El texto seguirá los trámites habituales con lo que podemos estar hablando de meses para que culmine su publicación. En todo caso, a medida que vaya avanzando el trámite, les iremos informando adecuadamente.
Para descargar el texto del Proyecto de RD del RITE, pulse aquí.
Estado actual de la normativa pendiente de publicación
A día de hoy, son varios los reglamentos y normativa técnica que está pendiente de su publicación en el B.O.E. desde hace ya tiempo y que les informamos en qué situación se encuentran.
Pendiente de aprobación por el Consejo de Ministros y publicación en el BOE.
1. Normativa sobre contabilización de consumos en instalaciones centralizadas.
El último borrador disponible tras pasar por el Consejo de Estado se envió en febrero de 2019 a las CC.AA. para sus comentarios. Actualmente, está pendiente de pasar a Consejo de Ministros. Desde el Ministerio los mensajes emitidos son contradictorios; unas veces indican que podría aprobarse antes de la investidura por el Gobierno en funciones y otras que no se considera prioritario. Todo dependerá de la presión ejercida desde Europa tras ser demandada España ante el Tribunal de Justicia Europeo por incumplir los plazos establecidos en la Directiva.
2. Reglamento de seguridad en instalaciones frigoríficas.
Se encuentra en una situación parecida al anterior. Sólo queda pasar por Consejo de Ministros y que se publique en el BOE.
En periodo de información pública.
3. Reglamento de instalaciones térmicas de edificios.
El día 20 de julio se publicó el Proyecto de R.D. que modifica el R.D. 1027/2007. Este borrador adapta el RITE a las tres nuevas directivas europeas de 2018 sobre eficiencia energética, eficiencia energética en los edificios y fomento de emergías renovables.
4. Normativa sobre certificación energética de edificios
El día 20 de julio se publicó el borrador que adaptará el R.D. 235/2013 sobre el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios a la nueva directiva europea de eficiencia energética en los edificios de 2018. La modificación más relevante es la supresión de la disposición adicional 4ª y modificación del art. 1, 3, p) para eliminar la posibilidad de que técnicos competentes debidamente cualificados puedan realizar las certificaciones energéticas. Se reserva al ámbito a las titulaciones universitarias exclusivamente. También se acentúa el control sobre la ejecución de los trabajos previos para evitar certificaciones realizadas de cualquier forma, es decir, certificaciones a bajo coste sin visita previa al edificio o local.