El Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino ha decidido que las instalaciones presenten solicitud de asignación para el periodo 2013-2020 conforme a los plazos establecidos en la Ley 1/2005 y por ello habrán de ser presentadas antes del 28 de febrero de 2011. Para ello ha dispuesto un formulario simple de una página, así como una explicación más extensa donde no se requiere ningún cálculo numérico de derechos a solicitar. Esta solicitud habrá de ser completada posteriormente una vez sea aprobada la Decisión de la Comisión que determina las reglas de asignación, cosa que no se espera antes de la segunda quincena de marzo de 2011.
La solicitud de asignación se debe presentar ante el órgano autonómico competente, de acuerdo con el Artículo 19 de la Ley 13/2010, de 5 de julio, por la que se modifica la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, para perfeccionar y ampliar el régimen general de comercio de derechos de emisión e incluir la aviación en el mismo.
La solicitud de exclusión para pequeñas instalaciones, al ser competencia de las Comunidades Autónomas, serán ellas las que distribuirán, publicarán en sus webs o harán llegar a las instalaciones el cuestionario correspondiente a la solicitud de exclusión. En este sentido se debe consultar a la propia Comunidad Autónoma. Este es el motivo por el cual el MARM no ha hecho público un cuestionario en relación a ello en su página web.
La manera de proceder en la exclusión va a ser la misma que con la solicitud de asignación de tal manera que una vez publicada la citada Decisión con las reglas de asignación, el titular que haya solicitado la exclusión podrá retractarse de la misma en caso de compensarle estar dentro del ámbito de aplicación de la citada Ley 13/2010.
Para descargar el Formulario, pulse aquí.
Para descargar la Nota informativa de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, pulse aquí.
Para descargar la Ley 13/2010, pulse aquí.