Vistos los resultados de la subasta CESUR celebrada el día 25 de junio de 2013, validada por la Comisión Nacional de Energía, en la que el coste de los contratos mayoristas con entrega en el bloque de base para el tercer trimestre de 2013 resultó de 47,95 euros/MWh, y el coste de los contratos mayoristas con entrega en el bloque de punta para el tercer trimestre de 2013 resultó de 55,21 euros/MWh.
Vistos los precios del coste de producción de energía eléctrica que incluirán las tarifas de último recurso a partir de 1 de julio de 2013 aprobados en el apartado primero de la Resolución de 26 de junio de 2013, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se revisa el coste de producción de energía eléctrica y las tarifas de último recurso a aplicar a partir de 1 de julio de 2013, de acuerdo a los parámetros recogidos en los anexos I y II de la citada resolución.
Esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:
Aprobar los precios del término de potencia y del término de energía activa de las tarifas de último recurso aplicables a partir de la entrada en vigor de la Orden de 1 de agosto de 2013 por la que se revisan los peajes de acceso de energía eléctrica para su aplicación a partir de agosto de 2013 y por la que se revisan determinadas tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial para el segundo trimestre de 2013, fijando sus valores en los siguientes:
- Término de potencia: TPU = 35,649473 euros/kW y año
- Término de energía: TEU
- Modalidad sin discriminación horaria: TEU0= 0,124985 euros/kWh
- Modalidad con discriminación horaria de dos periodos:
TEU1= 0,150108 euros/kWh
TEU2= 0,058633 euros/kWh
- Modalidad con discriminación horaria supervalle:
TEU1= 0,149838 euros/kWh
TEU2= 0,068148 euros/kWh
TEU3= 0,050522 euros/kWh
Segundo.
Lo dispuesto en el apartado primero de la presente resolución será de aplicación para los consumos efectuados a partir de las 0 horas de la fecha de entrada en vigor de la Orden de 1 de agosto de 2013 por la que se revisan los peajes de acceso de energía eléctrica para su aplicación a partir de agosto de 2013 y por la que se revisan determinadas tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial para el segundo trimestre de 2013.
Descárguese Resolución de 1 de agosto de 2013, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se revisan las tarifas de último recurso.