A finales del mes pasado la Conselleria de Sanidad publicó una nueva orden que dicta las normas para la inscripción, comunicación y funcionamiento del Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de la Comunitat Valenciana (ROESB) creado por el Decreto 96/2004, de 11 de junio de 2004, y establecer el requisito de comunicación para aquellos servicios biocidas, no registrados en el ROESB, que desarrollen su actividad en la Comunitat Valenciana.
Conozca los requisitos y modelos a emplear para obtener la inscripción en este registro a través de la Orden 1/2013, de 9 de enero, de la Conselleria de Sanidad, por la que se dictan normas para la inscripción, comunicación y funcionamiento del registro oficial de establecimientos y servicios biocidas de la Comunitat Valenciana.
CORRECCIÓN de errores de la Orden 1/2013, de 9 de enero, de la Conselleria de Sanidad, por la que se dictan normas para la inscripción, comunicación y funcionamiento del registro oficial de establecimientos y servicios biocidas de la Comunitat Valenciana.