Aunque la Ley prevé que los registros telemáticos existentes a la entrada en vigor de la Ley serán considerados registros electrónicos, la mejor aplicación de las previsiones contenidas en la misma, así como la incorporación de la experiencia más reciente para la mejora tanto de los servicios prestados a los ciudadanos como de la seguridad en las relaciones por medios electrónicos con estos, aconsejan llevar a cabo una nueva regulación del Registro electrónico del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Para descargar Orden ITC/1515/2010, de 8 de junio, por la que se crea el Registro Electrónico en el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, pulse aquí.