El próximo día 1 de Julio de 2009 comienzan a funcionar las Comercializadoras de Ultimo Recurso (CUR), de acuerdo al R.D. 485/2009, por el que se regula la puesta en marcha del Suministro de último Recurso (SUR) en el sector de la energía eléctrica y la nueva Tarifa de Ultimo Recurso (TUR).
Todo ello responde a la Directiva Europea 54/2003/CE, la cual pretende compensar el déficit tarifario que existe en España, 13.698 millones de euros acumulados de déficit, tal y como reconoce la Comisión Nacional de Energía (CNE) en un informe del 28 de Abril de 2009.
Hasta el momento las empresas Distribuidoras de Energía podían vender la energía, del mismo modo que lo realizan las empresas Comercializadoras. A partir del día 1 de Julio sólo podrán vender energía las Comercializadoras. Es decir, las empresas Distribuidoras sólo gestionarán las redes (mantenimiento, averías, nuevos suministros y colocación de contadores) y las Comercializadoras sólo realizarán la labor comercial de venta de energía. Por ello las empresas Distribuidoras de energía han tenido que dividirse en dos departamentos, Distribución y Comercialización.
Los principales cambios que va a haber a partir del día 1 de julio serán los siguientes:
• Puede contratar con una empresa comercializadora a un precio libremente pactado.
• Puede contratar con cualquiera de las empresas que ha designado el Gobierno, como Comercializadoras de Ultimo Recurso (CUR), cualquiera de estas empresas estará obligada a suministrarle la electricidad a un precio que será fijado por el Gobierno.
• Tarifa Social para contratos inferiores a 3 kW.
Nuevos conceptos a tener en cuenta a partir del 1 de Julio de 2009
• ¿Quiénes son las Comercializadoras de Ultimo Recurso (CUR)?
Consideraremos Comercializadora de Ultimo Recurso (CUR) a las empresas de Distribución eléctrica que actualmente están distribuyendo y comercializando energía. Estas a partir del día 1 se dividirán en dos empresas, una de Distribución y otra de Comercialización. Estas empresas Comercializadoras que antes también Distribuían energía son las que llamamos Comercializadora de Ultimo Recurso (CUR).
• ¿En que consiste el Suministro de Ultimo Recurso (SUR)?
Son los usuarios de baja tensión (hogares y pymes), cuya potencia contratada sea igual o inferior a 10 kW, aunque dicho límite de potencia puede ser modificado por Orden del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Para los suministros de potencias superiores a 10 kW corresponderá a libre mercado.
• ¿A que llamamos Tarifa de Ultimo Recurso (TUR)?
Es una tarifa que se revisará cada tres meses y con lo que el gobierno fijará el precio mínimo y el máximo al que las comercializadoras autorizadas, Comercializadora de Ultimo Recurso (CUR), cobrarán la electricidad a quienes se registren como usuario de Ultimo Recurso.
• ¿Qué empresas comercializadoras a sumirán la obligación de suministro de la TUR de Energía Eléctrica?
ENDESA ENERGIA XXI, S.L.
IBERDROLA COMERCIALIZACIÓN DE ULTIMO RECURSO, S.A.U.
UNION FENOSA METRA, S.L.
HIDROCANTABRICO ENERGÍA ÚLTIMO RECURSO, S.A.U.
E.ON COMERCIALIZADORA DE ÚLTIMO RECURSO, S.L.
• ¿Qué es la Tarifa Social?
Es una nueva tarifa, a la cual se pueden acoger todos los hogares con potencia contratada inferior a 3 kW. Quedando “congelada la tarífa electrica”. A este tipo de tarifa podrán acogerse los propietarios de viviendas habituales, con una potencia contratada inferior a 3 kW, siempre y cuando la vivienda tenga instalada el interruptor control de potencia y reúna las condiciones de familia numerosa o familia con todos los miembros de la familia en paro o jubilados con baja renta. No obstante esta tarifa esta a fecha de hoy por confirmar por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
En estos momentos nos surgen las siguientes preguntas
- ¿Será más cara o más barata la TUR que las ofertas que nos puedan ofrecer las empresas comercializadoras?, ¿Cuál de las dos interesará más al consumidor?, ¿Qué debemos hacer?, ¿Nos deben cambiar el contador para la Nueva Tarifa?
Lo cierto es que en la actualidad estas preguntas no se pueden contestar, pues aún no se conocen cuales serán las condiciones económicas de la nueva Tarifa de Ultimo Recurso (TUR), pues el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, sigue negociando este punto con las compañías eléctricas, así como está estudiando las condiciones para acogerse a la Tarifa Social.
Lo único claro es que si el 1 de Julio no se ha aceptado ninguna oferta por parte del resto de comercializadoras, pasaremos automáticamente a tener la tarifa de último recurso con la comercializadora de la empresa distribuidora con la que actualmente tenemos el contrato eléctrico.
Actualmente, no es obligatorio el cambio de los equipo de medida para contratos inferiores a 15 kW. No obstante la Comisión Nacional de la Energía (CNE) ya tiene en sus manos la propuesta de normativa contenida en el Plan Contador que el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha elaborado. Ahora, el organismo regulador deberá hacer el preceptivo informe.
Este plan concede a los usuarios la posibilidad de solicitar a la empresa distribuidora de electricidad el adelanto de la sustitución de sus contadores. La compañía tendrá de plazo para hacerlo un máximo de nueve meses una vez recibida la solicitud. La instalación del nuevo aparato no tendrá coste alguno para el cliente.
El Plan de Sustitución de Contadores vigente en la actualidad obliga al cambio gradual (hasta el año 2018) de todos los contadores por otros que permitan la telegestión y la telemedida.
“Para los consumidores, la principal ventaja de disponer de un contador de nueva generación es que podrá gestionar de manera más eficiente sus consumos y beneficiarse de la Tarifa de Último Recurso (TUR) con discriminación horaria, modalidad tarifaría que puede suponer ahorros de alrededor del 10% a los usuarios”, según declaraciones del Ministerio.
Durante un año y con la finalidad de que los consumidores acogidos al Plan Contador puedan apreciar estos descuentos, las compañías eléctricas les informarán de forma estimada en sus facturas del coste de la facturación que tendrían si estuvieran acogidos a la modalidad de TUR con discriminación horaria.
A su vez, en el recibo aparecerá información del margen de ahorro de energía posible de cada consumidor, ya que incluirá la comparación entre el perfil de su suministro y el perfil de consumo tipo al que corresponde.
Las empresas distribuidoras deberán comunicar a los consumidores conectados a sus redes de la existencia del Plan Contador y la posibilidad de acogerse a los mismos dos meses antes de la entrada en vigor de la nueva normativa.
Enlaces de Interés:
Publicación en el BOE de la tarifa eléctrica 2009. Texto Legislativo (Orden ITC/3801/2008), pulse aquí
Pagina del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, en la que hace mención a la subida en las tarifas eléctricas, pulse aquí. (Enlace)
Noticia publicada en la web de FEMPA, pulse aquí