Aprobadas medidas para fomentar el uso de Biocarburantes
El pasado sábado día 5 de diciembre se publicó en el B.O.E. el Real Decreto 1085/2015, de 4 de diciembre, de fomento de los biocarburantes en el transporte, mediante el establecimiento de objetivos mínimos obligatorios para el periodo 2016-2020.
De esta forma, se asegura el cumplimiento del objetivo contra el cambio climático del 20% de penetración de energías renovables en el año 2020 de manera eficiente y con el mínimo coste para el consumidor.
Dentro de este objetivo global, el 10% de la energía utilizada en el transporte, que supone la mitad del consumo energético global, debe ser de origen renovable.
En este real decreto se establece un plan de objetivos a cumplir en el uso de biocombustibles en el transporte, que va ascendiendo gradualmente hasta alcanzar el 8,5% en el 2020. Los objetivos obligatorios mínimos anuales para la venta o consumo de biocarburantes en el periodo 2016-2020 son los siguientes:
- Año 2016 – 4,3%
- Año 2017 – 5%
- Año 2018 – 6%
- Año 2019 – 7%
- Año 2020 – 8,5%
Además, para el cómputo del objetivo del 2020, se limita el uso de biocarburantes de primera generación (los que compiten con los usos para alimentación humana) al 7% debiendo establecer el Gobierno, antes de 2017, un objetivo indicativo de biocarburantes avanzados.
Cumpliendo con esta nueva senda, junto con las medidas ya en marcha en el sector eléctrico, España se situará en el entorno del 19% de penetración de renovables en el 2020, faltando aún más de cuatro años para poder introducir las medidas que se consideren oportunas para llegar al objetivo global.
Otras medidas incluidas en este real decreto hacen mención al fomento de la eficiencia energética, entre ellas, cabe destacar aquellas que tienen como objetivo incrementar y facilitar la información a los consumidores de sus consumos de gas y electricidad, regulando el acceso a sus datos, estableciendo la opción de facturación on-line y la obligación de aportar información a los consumidores sobre el potencial de los contadores de telegestión.
Para descargar el Real Decreto 1085/2015, pulse aquí.