Exigencia de presentación de certificado de vacunación, prueba diagnóstica o certificado de recuperación Covid-19, en el ámbito de la Comunitat Valenciana, se requiere para el acceso de las personas mayores de 12 años, incluida esta edad, al interior de los siguientes establecimientos, donde es necesario el uso de la mascarilla:
- Los establecimientos de hostelería y restauración abiertos a la pública concurrencia.
- Los establecimientos y actividades de ocio y entretenimiento.
- Los establecimientos y espacios dedicados a actividades recreativas y de azar, en los que se preste servicio de restauración.
- Los establecimientos y centros hospitalarios, para las visitas.
- Los establecimientos residenciales del sistema público o privado de servicios sociales, para las visitas y personas ajenas a la institución.
También será obligatorio en los siguientes espacios:
- Lugares cerrados donde se preste servicio de comida o bebida, por empresa de negocio (catering, self-service,..) o por empresa de hostelería y restauración.
- Cines, salas multifuncionales, circos y sedes festeras, donde se preste durante el desarrollo de la actuación, actividad o uso del local, servicio de comida o bebida por establecimiento de hostelería y restauración, por empresa de negocio (catering, self-service,…), por medios de la propia organización, o se consuma comida o bebida aportados por las propias personas.
- Festivales de música que se celebren en espacios cerrados y en espacios al aire libre donde no sea factible el uso de mascarilla de forma permanente.
- Espacios con servicio de restauración ubicados en alojamientos turísticos, instalaciones deportivas y centros especializados de atención a mayores (CEAM), centros integrales de mayores (CIM) y centros asimilados como clubes de convivencia para personas mayores y similares.
- Gimnasios donde es necesario el uso permanente de la mascarilla y piscinas cubiertas.
El certificado acreditará una de las siguientes circunstancias:
- Que a la persona titular se le ha administrado la pauta vacunal completa contra la COVID-19 de alguna de las vacunas autorizadas (certificado de vacunación).
- Que la persona titular disponga de una prueba diagnóstica negativa en relación con la COVID-19 realizada en las últimas 72 horas en el caso de las pruebas RT-PCR, y en las últimas 48 horas en el caso de los tests de antígenos.
- Que la persona titular se ha recuperado de la COVID-19 en los últimos seis meses después de un resultado positivo obtenido mediante una prueba diagnóstica considerada válida por la autoridad competente (certificado de recuperación).
Efectos: a partir del día 29 de enero de 2022.
Vigencia: hasta las 23:59 h del día 28 de febrero de 2022.