El establecimiento deberá estar ubicado en la Comunitat Valenciana y, en su caso, abrirse al público entre el 1 de febrero y el 30 de septiembre del ejercicio en que se convoque la ayuda.
Es importante revisar que tenéis alguno de los CNAEs, IAEs o Agrupaciones elegibles, según consta en el documento.
La ayuda es de hasta el 50% con el límite de 10.000 euros, sin que en concepto de alquiler se superen los 5.000 euros de subvención.
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