las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso. Tal como establece el Estatuto Básico del Empleado Público, la oferta de empleo público, como instrumento de planificación de los recursos humanos disponibles, define y cuantifica los efectivos en función de las necesidades y prioridades derivadas de la planificación general de los recursos humanos.
Dicha distribución, se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el articulado y en los anexos del presente real decreto.
Para más información, descárguese Real Decreto 1694/2012
En anexo I se incluyen las plazas que se autorizan en la Administración General del Estado para ingreso de nuevo personal con especificación de los cuerpos y escalas de personal funcionario o Convenio Colectivo en el caso de personal laboral, distribuyendo el número de plazas y cupos para cada uno de los colectivos mencionados.
En el anexo II se incluyen las plazas de personal estatutario para la Red Hospitalaria de la Defensa.
Por último en el anexo III se incluyen las plazas que se autorizan por promoción interna, detallando su distribución entre los cuerpos de funcionarios de la Administración del Estado que se mencionan.