Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Orden HAP/369/2015, de 27 de febrero, por la que se aprueba el modelo 586 «Declaración recapitulativa de operaciones con gases fluorados de efecto invernadero», y se establece la forma y procedimiento para su presentación, y se modifican las claves de actividad del impuesto recogidas en el anexo III de la Orden HAP/685/2014, de 29 de abril, por la que se aprueba el modelo 587 «Impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero. Autoliquidación» y se establece la forma y procedimiento para su presentación. La obligación de presentar esta declaración recapitulativa de operaciones recae en aquellas empresas dadas de alta en el CAF, como son los considerados revendedores de acuerdo con la Ley 16/2013, y que, durante el año 2014, realizaron las correspondientes autoliquidaciones cuatrimestrales del impuesto sobre gases fluorados de efecto invernadero, al haber efectuado operaciones de compra, venta o entrega de gases fluorados que resultasen exentas o no sujetas. Por tanto, quienes no hayan realizado operaciones exentas o no sujetas no tendrán obligación de presentar esta declaración. La Declaración recapitulativa de operaciones con gases fluorados de efecto invernadero se establece a través del Modelo 586, el cual deberá venir acompañada de un fichero ajustado al contenido y al diseño que figura en el anexo II de esta orden. La presentación del modelo 586, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1042/2013, se efectuará durante los treinta primeros días naturales del mes de marzo con relación a las operaciones del año natural anterior, y se efectuará obligatoriamente de forma electrónica por Internet. En el siguiente enlace, podrá realizar la tramitación telemática del mencionado modelo. https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientoini/DR08.shtml
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