Desde FEMPA le informamos de la Campaña de la Oficina Gestora de Impuestos Especiales de Alicante, dependiente de la Agencia Tributaria, requiriendo Información a las empresas Frigoristas sobre la gestión de los gases refrigerantes utilizados.
Tal y como indicaba el antiguo Reglamento de Instalaciones Frigoríficas, RD 138/2011, de 4 de febrero y el vigente RD 552/2019 de 27 de septiembre:
El instalador frigorista debe desarrollar su actividad en el seno de una empresa frigorista habilitada y deberá cumplir y poder acreditar ante la Administración competente el cumplimiento de las condiciones fijadas reglamentariamente.
Los refrigerantes deberán ser manipulados, recuperados, limpiados y reutilizados de manera segura, por profesionales habilitados, evitándose cualquier peligro a personas o bienes, así como su emisión a la atmósfera.
Todos los fluidos de los sistemas de refrigeración (refrigerante, lubricante, fluido frigorífero, etc.) así como los elementos que contengan estos fluidos (filtros, deshidratadores, aislamiento térmico, etc.), deberán asimismo ser debidamente recuperados, reutilizados y/o eliminados, debiendo entregarse a un gestor de residuos autorizado cuando proceda.
Las empresas frigoristas serán responsables de la recuperación, limpieza, almacenamiento, y reutilización de los refrigerantes usados, así como, en los casos previstos, de acuerdo con el artículo 12 del RD 552/2019, de su entrega al gestor de residuos autorizado para su regeneración o eliminación.
Los artículos 13 y 15 del Reglamento vigente recogen las obligaciones y responsabilidades de las empresas frigoristas, dentro de las cuales, destacar las siguientes:
- Las empresas frigoristas llevarán un registro en el que se hará constar las instalaciones realizadas, aparatos, características, emplazamiento, cliente y fecha de su terminación. Este registro estará a disposición de la autoridad competente de la correspondiente Comunidad Autónoma (apartado 2, artículo 13).
- Conservar debidamente actualizado el libro de registro de gestión de refrigerantes conforme a lo especificado en la Instrucción técnica complementaria IF-17 (apartado 1, letra i), articulo 15).
Por todo lo anterior la Agencia Tributaria ha puesto en marcha la campaña en la que está requiriendo:
Relación de instalaciones frigoríficas que han ejecutado y puesto en servicio, así como de las que han realizado mantenimiento, modificaciones o inspecciones periódicas durante los ejercicios 2017 a 2020
Copia del libro registro de gestión de refrigerantes correspondiente a los ejercicios 2017 a 2020
Facturas de adquisición de refrigerantes y facturas de los servicios prestados a los titulares de instalaciones frigoríficas de los ejercicios 2017 a 2020
Facilitamos un modelo de Libro de Registro de Gestión de Refrigerantes para que le pueda servir de ejemplo, ya que debe incorporar al menos:
a) Fecha de la operación.
b) Tipo de operación realizada: adquisición, cesión, carga del sistema, recuperación, entrega a gestor.
c) Tipo y cantidad de refrigerante.
d) Persona competente responsable de la operación.
e) Distribuidor, empresa frigorista, instalación, o gestor de residuos autorizado, según proceda en función del tipo de operación.
f) Número de factura o contrato.
Si necesita más información, puede contactar con el departamento técnico de FEMPA, tecnico@fempa.es