El Programa Reindus se ha convertido en el programa de financiación más importante para empresas industriales. Es un programa del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. La finalidad del programa es apoyar a las empresas industriales en la realización de inversiones materiales destinadas a la creación o traslado de establecimientos industriales y mejora y/o modificación de líneas de producción previamente existentes, así como la implementación de tecnologías de Industria conectada 4.0. Concretamente, se busca dar apoyo a las siguientes acciones:
Ø Creación de establecimientos industriales
Ø Traslado de establecimientos industriales
Ø Mejoras y/o modificaciones de la línea de producción
Ø Implementación productiva de tecnologías de la «Industria Conectada 4.0.»
Ø Reducción de emisiones de gases de efecto invernadero
Quedan fuera de estas definiciones las meras sustituciones de maquinaria y/o parte de sus componentes o elementos auxiliares de producción, así como las reparaciones y acciones de mantenimiento.
Son beneficiarios las Pymes y grandes empresas válidamente constituidas que no formen parte del sector público y que desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial encuadrada en la Sección C (Divisiones 10 a 32) del CNAE 2009 de Industria Manufacturera. Adicionalmente, se incluirán también las actividades encuadradas en la sección 38.3, siempre que dispongan, en el momento de la solicitud, de la autorización de gestión de residuos.
El presupuesto mínimo financiable es de 100.000€ y se financiarán los gastos desde el 1 de enero de 2020. Las características de la financiación tienen las siguientes condiciones:
Ø Importe máximo de la financiación a conceder del 75% sobre el presupuesto financiable. El importe global del préstamo a conceder por beneficiario no podrá superar los 800.000 euros
Ø Importe mínimo financiable: 100.000€.
Ø Para las empresas sin cuentas históricas significativas el límite del préstamo será de tres veces el importe de los fondos propios. Para el resto de empresas el límite del préstamo será cinco veces el importe de los fondos propios.
Ø Plazo de amortización anual: 6 años incluyendo 3 años de carencia.
Ø Los tipos de interés para las pymes es de 0.1% el primer año, 0.19% el 2º y 3º año y 0.69% el 4º,5 y 6º año. Para grandes empresas, 0.19% el 1er año y 0.69% el 2º y 3º año, y 1.69% para el 4º,5 y 6º año
El proyecto debe realizarse desde el 1 de enero de 2020 hasta un plazo máximo de 18 meses contados desde la fecha de la resolución de la concesión. La fecha fin de presentación es el 20 de agosto 2020. Para más información: innovacion@fempa.es