Se mantiene el impuesto de Gases Fluorados con el mismo tipo aplicable en 2015
El 20 de octubre se aprobó en el Pleno del Congreso la Ley de Presupuestos Generales del Estado con varias enmiendas. En el artículo 73, con efectos desde el 1 de enero de 2016 y vigencia indefinida, se modifica el apartado dieciocho del artículo 5 de la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinad as medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras, que queda redactado de la siguiente forma:
«Dieciocho. Régimen transitorio. Para los ejercicios 2014, 2015 y 2016, los tipos impositivos que se aplicarán en el Impuesto sobre los Gases Fluorados
de Efecto Invernadero serán los resultantes de multiplicar los tipos regulados en el apartado once del artículo 5 por los coeficientes
0,33 para el ejercicio 2014 y 0,66 para los ejercicios 2015 y 2016.”.