IV Jornadas Técnicas Provinciales para Instaladores Electricistas y de Telecomunicaciones
Las IV Jornadas Técnicas realizadas en Fempa han servido para afianzar la importancia de los mantenimientos obligatorios en diversas instalaciones eléctricas y en las de telecomunicaciones. Reguladas por los diversos Reales Decretos que afectan a las instalaciones eléctricas comunes de edificios de más de 100 kw, a los locales de pública concurrencia, a los centros de transformación y a las telecomunicaciones de edificios de más de 30 años.
Debemos ser conscientes como usuarios todos, que el mantenimiento de las instalaciones es un trabajo que garantiza la seguridad de las personas y los bienes, no es un coste adicional, sino que un buen mantenimiento mitiga daños mayores.
Así pues el desarrollo de las IV Jornadas han trascurrido en un ambiente de profesionalidad, serio y riguroso, en el que todos los sectores han participado Administración Autonómica (Secretaria General de Industria), Diputación Provincial (Agencia Provincial de la Energía), Instaladores (Fempa), Fabricantes (Sector Electricidad y Telecomunicaciones), Colegios Profesionales(Ingenieros e Ingenieros Técnicos) y usuarios (Colegio de Administradores de Fincas).
Proyecto de Real Decreto que regula el Nuevo Reglamento de Subestaciones Eléctricas y Centros de Transformación, actuaciones previstas en el ámbito de la Comunidad Valenciana
El Subdirector General de Industria ha presentado en primicia el Proyecto de Real Decreto que regula el Nuevo Reglamento de Subestaciones Eléctricas y Centros de Transformación, actuaciones previstas en el ámbito de la Comunidad Valenciana, el cual da respuesta a los vacíos legales que existen a día de hoy con el vigente Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación fue aprobado por el Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre.
El propio marco técnico en que se promulgó ese reglamento ha variado considerablemente, con la introducción de nuevos materiales, técnicas, procedimientos y necesidades sociales. Adoleciendo de la definición de varios aspectos ambiguos o no clarificados.
Por ello el Proyecto de Real Decreto que regula el Nuevo Reglamento, aclara que, para la ejecución de las instalaciones eléctricas de alta tensión que no sean propiedad de empresas de producción, transporte y distribución de energía eléctrica, se introducen las figuras de instalador y empresa instaladora, que hasta ahora no habían sido definidas, estableciendo 2 categorías, según se pretenda ejecutar instalaciones con tensión nominal hasta 30 kV o de más de 30 kV. Se exige también que el titular contrate el mantenimiento de la instalación, a fin de garantizar su debido estado de conservación y funcionamiento. Complementariamente, se prevé la inspección periódica de las instalaciones, cada tres años, como mínimo, por organismos de control.
La administración ha analizado el estado actual de las empresas inscritas a día de hoy, así como ha informado al sector del estado actual del Censo de Centros de Transformación de la C.V. y de que requisitos debe cumplir el profesional que vaya a realizar los trabajos de mantenimiento, garantizando al titular de las instalaciones el buen mantenimiento de las mismas.
Mantenimientos Eléctricos: Locales de Pública Concurrencia e Instalaciones Comunes de Edificios de Viviendas con potencia Instalada superior a 100 kW.
Es sabido por todos que hoy en día, el mantenimiento eléctrico es necesario para muchos aspectos en la vida diaria, de una forma u otra, ya sea en viviendas, talleres, fábricas u oficinas etc. sus equipos necesitan de mantenimiento. Esto nos lleva a la conclusión de que el mantenimiento eléctrico debe ser continuo.
El Mantenimiento Eléctrico permite detectar fallas que comienzan a gestarse y que pueden producir en el futuro cercano o a mediano plazo una parada de una planta y/o un siniestro afectando a personas e instalaciones. Esto permite la reducción de los tiempos de parada al minimizar la probabilidad de salidas de servicio imprevistas, no programadas, gracias a su aporte en cuanto a la planificación de las reparaciones y del mantenimiento. Los beneficios de reducción de costes incluyen ahorros de energía, protección de los equipos, velocidad de inspección y diagnóstico, verificación rápida y sencilla de la reparación.
Es de sobra conocido entre los instaladores de electricidad las consecuencias que puede conllevar un mantenimiento insuficiente en subestaciones eléctricas y centros de transformación, pudiéndose llegar a cortes en el suministro, alteraciones en la tensión eléctrica, sin olvidar averías y accidentes que con un correcto mantenimiento se evitarían.
Según un informe recientemente publicado por el Ministerio de Sanidad y Consumo, el mal estado de las instalaciones eléctricas es la principal causa de incendios y electrocuciones. En España, se producen anualmente 7.300 incendios por causas eléctricas, 4.850 accidentes por descargas de corriente, más de 1500 heridos graves y una media 150 muertos por quemaduras y cortocircuitos. Más cerca, en nuestra provincia, y según datos de INVASSAT (Instituto Valenciano de Seguridad y Salud en el Trabajo), el 25 % de los accidentes mortales del pasado año en jornada de trabajo tuvo relación con la corriente eléctrica, porcentaje importante si atendemos a que la población expuesta a este tipo de riesgo se acerca a los 500.000 trabajadores.
“En la sociedad actual, dónde todo funciona con corriente eléctrica, cualquier alteración en la tensión de la electricidad puede acarrear daños personales y económicos de diversa gravedad. Por ello es fundamental que esté regulado mediante una normativa adaptada a la situación actual y que sólo los profesionales cualificados y acreditados puedan realizarlo”, esgrimía Guillermo Moreno, presidente de FEMPA, que representa a cerca de 500 empresas del setor a través de la Asociación Empresarial de Técnicos Instaladores y Mantenedores de Energía Eléctrica y Telecomunicaciones de la Provincia de Alicante
La reglamentación actual, nacional y autonómica, tanto en baja como en alta tensión, establece las condiciones que deben cumplir estas instalaciones eléctricas para garantizar la seguridad y bienestar de las personas. Además, exige a los titulares de determinados tipos de instalaciones (Locales de Pública Concurrencia, Comunes de Edificios de viviendas con potencia instalada superior a 100 kW, Centros de Transformación…etc), el mantenimiento obligatorio de estas, por empresas habilitadas y las correspondientes inspecciones periódicas por Organismo de Control Autorizado.
Un correcto mantenimiento eléctrico de las instalaciones asegura el suministro de manera ininterrumpida, evita costes innecesarios, protege a los equipos así como alarga la vida útil de la maquinaria que interviene en dichos procesos.
Por lo que se refiere a los Locales de Pública Concurrencia, el marco legislativo autonómico es la Orden de 31 de enero de 1990, de la Consellería de Industria, Comercio y Turismo, la cual indica que estos deben de tener suscrito un contrato de mantenimiento con empresa Instaladora Autorizada. Pero en muchos casos el dueño del local desconoce de tal obligatoriedad, así como de la necesidad de disponer de un Boletín de Reconocimiento Anual del Local. Por ello la administración se ha pronunciado sobre que locales de publica concurrencia va a actuar y como va a comunicar la realización de dichas inspecciones en locales de pública concurrencia, y de la creación de un censo de estas instalaciones.
Respecto a las inspecciones periódicas obligatorias de las Instalaciones eléctricas comunes en edificios con potencia instalada superior a 100 kW, regulado por el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto (REBT), la Administración Autonómica ha informado de la obligatoriedad a partir de 18 de Septiembre de 2013 de que estas instalaciones se han inspeccionadas. También han aclarado cual va a ser la hoja de ruta de la administración y han definido las instalaciones comunes que han de ser revisadas, información muy válida para nuestros profesionales ya que pueden difundir dicha campaña a sus clientes y pueden subsanar aquellas instalaciones que estén en precario y certificarlas como empresa habilitada para ello, antes de la Inspección periódica realizada por Organismo de control Autorizado.
Proyecto Star, Soluciones a los Principales Problemas Detectados, Procedimientos de legalización, coordinación y realización, nuevas zonas de implantación del Proyecto en la Provincia
Son varias las reglamentaciones de carácter nacional que nos obliga a sustituir todos los contadores convencionales por electrónicos telemandados antes de 31 de diciembre de 2018, si bien existen varios itos que nos obligan a cumplir un calendario de sustituciones desde que se comenzara el 31 de diciembre de 2007.
Planificación consistente en la sustitución del 35% de los contadores existentes antes del 31 de diciembre de 2014, posteriormente el 35 % antes del 31 de diciembre de 2016 y finalizando con el 30 % antes del 31 de diciembre de 2018.
Así pues, el proyecto Star (Sistemas de Telegestión y Automatización de la Red) supone un salto cualitativo para transformar tecnológicamente la red de distribución y prepararla para atender a las necesidades de futuro de la sociedad y ofrece una gran oportunidad. Siendo esta un requisito marcado por Directiva Europea.
Desde que Iberdrola pusiera en funcionamiento en la Provincia de Alicante el Proyecto, Star por mediados del año 2011 son muchos las comunidades que han recibido notificación de anomalías por parte de la empresa distribuidora, especialmente aquellas con instalaciones de enlace anteriores al año 1985. Por lo que actualmente en la fase de ejecución del Proyecto, los profesionales se encuentran con diversos problemas, a la hora de subsanar las deficiencias de las instalaciones de enlace (centralización de contadores, línea general de alimentación, caja general de protección…etc) propiedad del usuario, quien se responsabiliza de su conservación y mantenimiento. Deficiencias en el caso de existir que incumplen el mínimo de seguridad para poder llevar a cabo la sustitución de los contadores analógicos por los electrónicos (proyecto Star), que permiten la discriminación horaria y telegestión, requisito obligatorio, regulado por la Orden Ministerial ITC/3860/2007.
Por lo que la compañía distribuidora requiere, en común acuerdo con la administración y con la Asociación de instaladores que para realizar estos trabajos se aperture expediente y se adjunte certificado de subsanación de deficiencias firmado por empresa habilitada. FEMPA se ofrece para resolver cuantas dudas puedan surgir a particulares o Administradores de Fincas, con la finalidad de prevalecer la seguridad de las personas y bienes.
Más información sobre el Proyecto Star tecnico@fempa.es
Nueva Ley del Sector Eléctrico, Ley 24/2013, principales novedades
Tras la agitada subasta eléctrica, celebrada el pasado mes de diciembre, se detectó que el sistema eléctrico español debía cambiar y actualizarse. Por lo que el pasado 26 de diciembre se publicó uno de los primeros pasos para conseguirlo, la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico. La cual pretende garantizar el suministro de energía eléctrica y adecuarlo a las necesidades de los consumidores, al mínimo coste.
La charla ha servido para informar de todos los cambios que nos afectan personalmente como usuarios y consumidores de energía eléctrica, como puede ser los cambios en la estructura tarifaría, la definición de que personas pueden acogerse al Bono Social, la obligatoriedad que tienen las Comercializadoras de tener un teléfono gratuito y del amparo legal que tienen las comercializadoras para cortar el suministro eléctrico a aquellos suministros que van dejando deuda en cada una de las comercializadoras con las que contrata.
Foro sobre el presente y el futuro del Sector de las Telecomunicaciones
Son muchos los cambios que se van a producir en el sector de las telecomunicaciones, para lo cual tanto profesionales como usuarios debemos estar preparados.
Esta última ponencia se ha tratado de los cambios inminentes del sector, tales como:
Como va a afectar a los usuarios la implantación del 4G, que cambios debe realizar en las instalaciones para liberar las bandas más bajas, ya que estas son más eficientes y mejorarán la cobertura en el interior de los edificios, ¿deben de modificar filtros, módulos y cabeceras, antes de Enero de 2015? ¿Debemos proteger nuestras instalaciones interiores por las interferencias producidas como consecuencia de las interferencias producidas por los mini repetidores propios y de los vecinos (móviles, tabletas …etc).
En caso de realizar modificación alguna, ¿cómo garantizo una buena señal?, aquí cobra mayor importancia la elaboración de un boletín y un protocolo, realizado por una empresa registrada en Registro de Empresas Instaladoras de telecomunicación de
Finalmente se resalta la figura del Instalador de Telecomunicaciones como Integrador de Servicios, dando respuesta a los usuarios ante las inspecciones técnicas obligatorias realizadas por los ayuntamientos, que han de pasar las edificaciones de más de 30 años de antigüedad. Según R.D. 346/2011, resaltando la importancia de un mantenimiento continúo de las instalaciones de telecomunicaciones de los edificios e implantando como renovaciones de instalaciones líneas de Fibra óptica ampliando la calidad de señal y velocidad.
En breve FEMPA facilitará a sus asociados las distintas presentaciones de los ponentes.
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