Con motivo de la publicación en septiembre del Real Decreto 1114/2018, de 7 de septiembre, por el que se regulaba la concesión directa de subvenciones para implantar instalaciones de refrigeración basadas en tecnologías alternativas a los gases fluorados de alto potencial de calentamiento atmosférico en establecimientos dedicados a la distribución comercial, la Dirección General de Cambio Climático y Calidad Ambiental ha establecido el procedimiento en la Comunitat Valenciana para la solicitud de las ayudas contempladas en este Plan Pima Frío, Plazo de presentación, cuyo plazo de presentación de la solicitud de ayuda se iniciará el 10 de octubre de 2018 y finalizará el 16 de noviembre de 2018.
A modo de recordatorio, podrán solicitar está subvención todas las personas físicas o jurídicas dedicadas a la distribución comercial de alimentos o con contrato de franquicia ubicados en el ámbito geográfico de la Comunitat Valenciana y que cumplan los requisitos establecidos para los beneficiarios y establecimientos en el Real Decreto 1114/2018, de 7 de septiembre.
Requisitos
Para poder ser beneficiarias de las subvenciones reguladas por estas bases, los interesados han de cumplir los requisitos siguientes:
a) Ser propietarios de empresas dedicadas a la distribución comercial de alimentos o bien franquiciados, en el caso de establecimientos gestionados bajo contrato o franquicia.
b) Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, así como por reintegro por subvenciones, conforme a la normativa vigente.
c) Presentar la documentación exigida en el artículo 8 del Real Decreto 1114/2018.
d) No haber sido sancionado por delitos o infracciones medioambientales o contra la Hacienda Pública, en los últimos cinco años.
e) No estar sujetos a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible en el mercado interior.
Las instalaciones de refrigeración que se acojan a las subvenciones reguladas en el Real Decreto 1114/2018, deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Las instalaciones frigoríficas no deberán contener gases fluorados de efecto invernadero con un PCA igual o superior a 150, excepto en los circuitos refrigerantes primarios de los sistemas en cascada conforme a la definición de circuitos refrigerantes primarios de los sistemas en cascada que establece el artículo 2.38) del Reglamento (UE) nº 517/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre los gases fluorados de efecto invernadero, donde podrán emplearse gases fluorados de efecto invernadero con un PCA inferior a 1500.
b) Para todos los casos, el 100 % de la superficie de muebles de congelados y el 70 % de los metros lineales de muebles frigoríficos que enfrían a temperatura igual o inferior a 6 ºC instalados en el establecimiento de refrigeración comercial deberán estar cerrados, ya sea mediante la instalación de puertas o tapas. Dentro de este porcentaje del 70 %, no se considerarán los metros lineales de muebles frigoríficos correspondientes a la venta asistida de alimentos, así como de los muebles frigoríficos autónomos.
c) La nueva instalación ha de tener más de 40 kW de potencia frigorífica instalada.
Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobro
La cuantía de las ayudas se determinará conforme al siguiente ratio: 650 euros por kW de potencia frigorífica instalada, con un máximo de 100.000 euros por instalación y de 200.000 euros por persona beneficiaria en el caso que una misma persona que resultare beneficiaria presente varias solicitudes.
En ningún caso la misma empresa podrá obtener en tres ejercicios fiscales ayudas de minimis que superen en su conjunto 200.000 euros.
Estas subvenciones no serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos vigentes para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. En particular, serán incompatibles con los Proyectos Clima y otros Planes de Impulso al Medio Ambiente del Ministerio para la Transición Ecológica como entidad financiadora, que incentiven las mismas actuaciones.
Documentación a presentar
La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación:
a) Fotocopia del DNI, para los ciudadanos españoles, o de documento equivalente que acredite la identidad de los extranjeros y en el que figure el NIE, de la persona física titular del establecimiento o de la tarjeta de identificación fiscal donde conste el NIF de la persona jurídica, así como, en ambos casos, de su representante, salvo consentimiento expreso del interesado para que sus datos de identidad personal puedan ser consultados mediante el Sistema de Verificación de Datos de Identidad establecido en la Orden PRE/3949/2006, de 26 de diciembre, por la que se establece la configuración, características, requisitos y procedimientos de acceso al Sistema de Verificación, conforme a lo dispuesto por el Real Decreto 522/2006, de 28 de abril, por el que se suprime la aportación de fotocopias de documentos de identidad en los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos vinculados o dependientes.
b) Si se trata de profesionales autónomos, además deberá aportarse certificado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
c) En el caso de instalaciones existentes, deberá aportar certificado, documentación diligenciada por la comunidad autónoma u otro tipo de justificante oficial que acredite haber cumplido con la obligación reflejada en el artículo 21 del Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas, aprobado por el Real Decreto 138/2011, de 4 de febrero, de haber presentado ante el órgano competente de la correspondiente comunidad autónoma, la documentación correspondiente para la legalización de la instalación frigorífica.
d) En el caso de instalaciones existentes, deberá presentarse contrato con la empresa habilitada que realizó el mantenimiento de la instalación frigorífica o, en caso de ser empresa automantenedora, justificar esta condición mediante documentación que lo acredite.
e) Proyecto de obra.
f) Autorización para comprobar que está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, o en caso de oponerse, certificado de estarlo, o bien declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, cuando la cuantía de la ayuda no supere los 3.000 euros por persona beneficiaria, conforme con lo previsto por el artículo 22 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
g) Declaración responsable de que no concurre ninguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y, en particular, de hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, en los términos previstos en el artículo 25 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
h) Declaración de todas las ayudas sujetas a reglamentos de minimis recibidas en los dos ejercicios fiscales anteriores y en el año en curso.
Tramitación
Dado que los solicitantes son personas jurídicas la presentación de solicitudes de estas ayudas debe realizarse electrónicamente a través de la sede electrónica de la Generalitat. Acceder>>
Cliquear en “Tramitar con certificado”.
Obligaciones
Los beneficiarios de las subvenciones deberán:
1. En el plazo de seis meses contados desde la fecha de la notificación de la resolución de concesión, deberán realizar la instalación de refrigeración y presentar a la Dirección General de Cambio Climático y Calidad Ambiental la documentación establecida, siendo la siguiente:
a) Certificado de la instalación, suscrito por empresa habilitada autorizada.
b) En el caso de nuevas instalaciones, certificado, documentación diligenciada por la Comunidad Autónoma u otro tipo de justificante oficial que acredite haber cumplido con la obligación reflejada en el artículo 21 del Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas, de haber presentado ante el órgano competente de la correspondiente comunidad autónoma, la documentación correspondiente para la legalización de la instalación frigorífica. En el caso de sustitución de instalaciones existentes, documentación justificativa de la comunicación al órgano competente de la comunidad autónoma, conforme al artículo 24 del Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas.
c) Facturas de las inversiones elegibles realizadas.
d) Contrato con la empresa habilitada que ha realizado la instalación y va a llevar a cabo el mantenimiento de la instalación frigorífica o, en caso de ser empresa automantenedora, justificar esta condición mediante documentación que lo acredite.
e) Documentación acreditativa de la gestión de los gases fluorados retirados de la instalación existente conforme con la normativa de gases fluorados y gestión de residuos
2. Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que corresponden a la Generalitat, Administración del Estado y Comisión Europea y aportar toda la información y documentación que les fuere requerida.
- Puede descargar el modelo de solicitud de ayuda, pulsando aquí.
- Para descargar el Real Decreto 1114/2018, pulse aquí.
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