Objeto
El objeto de la presente Orden es establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de incentivos de carácter autonómico a determinada tipología de proyectos de inversión empresarial recogidos en el artículo 2 que contribuyan a su crecimiento, adaptación y consolidación, y consecuentemente, impulsen el desarrollo económico de la Comunitat Valenciana en el marco del cambio del modelo económico desarrollado por el Consell, a través de las bases y elementos orientadores para su transformación, aprobados por Acuerdo del Consell de 15 de abril de 2016.
Beneficiarias
- Podrán ser beneficiarias las empresas cuya sede social, establecimiento o sucursal de producción o de desarrollo de actividad se encuentre radicada en la Comunitat Valenciana, que realicen proyectos de inversión de alguna de las tipologías previstas en estas bases reguladoras en el territorio de la propia Comunidad Autónoma, teniendo en cuenta la restricción para las ayudas regionales señalada en el artículo 28, apartado 3 de estas bases.
- Se considerará empresa toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica; y su tipificación y consideración como pequeñas y medianas empresas (pyme) o gran empresa responderá a los criterios de categorización del anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión.
- Las convocatorias podrán establecer sectores, actividades o ámbitos de actuación objetivo de carácter prioritario, teniendo en cuenta las directrices sectoriales específicas y demás normas y criterios sobre sectores considerados sensibles, considerando el ámbito de aplicación determinado en el artículo 13 del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión para las ayudas de finalidad regional.
- Además de los sectores excluidos determinados en el artículo 1 del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, las convocatorias podrán considerar otros sectores como excluidos mediante la indicación expresa de los códigos CNAE correspondientes.
- Quedan excluidas de este régimen de ayudas las entidades de derecho público, las universidades públicas, organismos autónomos, empresas, sociedades o fundaciones públicas, y las participadas mayoritariamente por estas, así como las que tengan por actividad la gestión de un servicio público.
Plazo de presentación de las solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria correspondiente a cada ejercicio de vigencia, en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, hasta las 14.00 horas del 30 de junio.
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