El Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) concederá ayudas para incentivar la implementación de instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica dentro del ámbito territorial de la Comunidad Valenciana.
Beneficiarios
Se podrán acoger a estas ayudas empresas y ayuntamientos, así como cualquier entidad o persona jurídica, de naturaleza pública o privada, con sede en la Comunidad Valenciana. No podrán ser beneficiarios de estas ayudas las comunidades de propietarios de vecinos.
Presupuesto
Las ayudas concederán un préstamo bonificado para financiar el 100% de la instalación. El importe máximo de dicho préstamo queda establecido en 300.000€ al 0% de interés. Se deberá presentar la garantía del 50% del importe del préstamo en metálico o en forma de aval financiero.
Costes financiables
Entre los costes subvencionables se incluyen las inversiones en equipos, su montaje, la obra civil estrictamente necesaria, las instalaciones de evacuación de energía hasta el punto de conexión y, en su caso, los costes de redacción de proyectos y estudios de seguridad y salud.
No se considerarán financiables las instalaciones de autoconsumo equipadas o que tengan activos sistemas antivertido o de “inyección cero” que impidan el vertido instantáneo de energía a la red eléctrica ni instalaciones de autoconsumo con almacenamiento energético que no cuenten con equipos de gestión inteligente de carga/descarga destinados a la optimización energética/económica.
Plazo de presentación
Las ayudas podrán solicitarse desde el 10 de julio de 2017 hasta el 15 de septiembre de 2017.
Documentación
Las ayudas podrán solicitarse a través del registro telemático de IVACE habilitada para la gestión de ayudas de este tipo. La solicitud constará de la siguiente documentación:
- Impreso de solicitud de ayuda, conforme al modelo normalizado disponible en la página web de IVACE, en el que se incluyen las declaraciones responsables relativas a las obligaciones que le corresponden como beneficiario de las ayudas.
- Memoria técnica de acuerdo con el modelo normalizado disponible en la página web de IVACE. La memoria servirá de referente para aplicar los criterios de valoración.
- Documentación relativa a la personalidad del solicitante; cuando los interesados utilicen un sistema de firma avanzada, su identidad se entenderá ya acreditada mediante el propio acto de la firma.
- Acreditación de la representación legal del firmante.
- Copia de un extracto o certificado bancario que justifique la titularidad de la cuenta de cobro de la ayuda.
- Documento de la entidad que refleje la existencia de una partida presupuestaria para la ejecución del proyecto objeto de subvención.
- Ubicación exacta del proyecto, indicando las coordenadas UTM del proyecto o instalación en el apartado destinado para ello en la propia solicitud.
Adicionalmente se debe presentar otra documentación especificada en la resolución DOGV en el caso de ser una empresa o entidad privada sin ánimo de lucro o una entidad pública, y documentación complementaria de carácter general para todos los solicitantes.
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