Dirigido a: Autónomos y/o microempresas que tengan su sede social y establecimiento productivo en la Comunitat Valenciana. El objeto de este programa es apoyar financieramente a autónomos y microempresas en la consolidación y crecimiento de sus proyectos empresariales, propiciando con ello la creación de empleo y el desarrollo económico de la Comunitat Valenciana.
Presentación solicitudes: Hasta el 17/04/2015 (a las 14 horas)
En el documento Condiciones Generales (descárguelo pulsando aquí) , se recogen los términos aprobados de la Línea que incluyen sus características, los requisitos de acceso, las condiciones de la financiación y la documentación a aportar y el procedimiento desde su tramitación hasta su desembolso
Objetivos
Apoyar financieramente a autónomos y microempresas en la consolidación y crecimiento de sus proyectos empresariales, propiciando con ello la creación de empleo y el desarrollo económico de la Comunitat Valenciana.
Beneficiarios
Autónomos y/o microempresas que tengan su sede social y establecimiento productivo en la Comunitat Valenciana.
Quedan excluidos los sectores inmobiliario y financiero, así como las comunidades de bienes y las sociedades civiles, y las asociaciones, fundaciones, administraciones públicas, y en general, las entidades sin ánimo de lucro.
Requisitos de los proyectos
• Sólo podrá presentarse un proyecto por solicitante y año.
• La antigüedad mínima de la actividad del solicitante será de 24 meses, contados desde el inicio de la actividad hasta la fecha de recepción de la solicitud.
• El solicitante deberá acreditar actividad comercial con información constatable de en los últimos 12 meses por un importe igual o superior al importe de la financiación solicitada.
• La empresa debe acreditar estar al corriente de sus obligaciones de carácter fiscal y tributario y no presentar impagos en los principales registros.
• Deberá quedar acreditada la condición de autónomo o la consignación de algún trabajador en el recibo de liquidación de cotizaciones (TC1).
El solicitante deberá aportar uno de los dos documentos siguientes:
• Informe de preevaluación favorable por parte de la Cámara de la Comunidad Valenciana encargada de la tramitación de la solicitud.
o
• Certificado de la aprobación de la concesión de un aval por el 100% del riesgo de la operación emitido por una entidad de crédito o SGR.
Cabe destacar que en este segundo caso, la solicitante podrá acceder a una financiación con menor coste, y para ello los requisitos mínimos que deberá cumplir serán los siguientes:
• antigüedad mínima de la actividad de 36 meses;
• haber presentado un resultado positivo en el último ejercicio;
• y en caso de una microempresa, presentar un patrimonio neto positivo.
Costes financiables
Adquisición de activos productivos y necesidades de circulante.
A título indicativo, no limitativo:
• Compra de maquinaria y mobiliario.
• Reformas y acondicionamiento de instalaciones.
• Servicios externos de consultoría y asistencia técnica para nuevos desarrollos de productos o servicios.
• Costes de personal vinculados a proyectos de crecimiento.
• Servicios de asesoramiento en la elaboración del Plan de viabilidad de la actividad.
• Coste actualizado del aval de la entidad de crédito o SGR, así como en su caso, las cuotas sociales a la SGR.
Condiciones del préstamo
La financiación del IVACE en esta línea se instrumenta a través de préstamos ordinarios a tipo de interés fijo con cuotas constantes de principal e intereses, sin carencia.
Condiciones económicas de la operación:
• Importe: Entre 12.000 euros y 18.000 euros.
• Plazo: 5 años.
• Tipo de interés: Tipo fijo del 5,75% durante toda la vida de la operación. Este tipo se podrá reducir hasta un máximo de un punto porcentual si el solicitante cumple además las siguientes condiciones:
o Si la antigüedad de la actividad del solicitante es superior a 60 meses, un [-0,50%]; si es sólo superior a 36 meses, un [-0,25%].
o Si el endeudamiento financiero del solicitante no supera los [75.000€], un [-0,50%]; si es mayor que [75.000€] pero no supera los [100.000€], un [-0,25%]
o Si la facturación en los últimos 12 meses con información constatable es de al menos [3] veces el importe de solicitado de financiación, un [-0,50%]; si sólo lo supera en [2] veces, un [-0,25%].
o En todo caso, la suma acumulada de la bonificación de tipo de interés no podrá ser superior a un punto porcentual.
• Cuadro de Amortización: cuotas semestrales constantes de principal e intereses. La primera cuota del préstamo se liquidará el 15 de diciembre de 2015.
• Comisiones: una comisión de estudio del 0,5% sobre el importe formalizado.
• Comisión por cancelación anticipada: Exenta.
• Garantías: garantía personal del solicitante, en caso de autónomo, o de los socios, en caso de microempresa. En el caso de los autónomos, estos podrán limitar su responsabilidad mediante la acreditación de la condición de Emprendedor de Responsabilidad Limitada, de acuerdo con lo establecido en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
En caso de que el solicitante aporte la aprobación de concesión de un aval de una entidad de crédito o SGR por el 100% de la operación, las condiciones económicas de la operación serán:
• Tipo de interés: Tipo fijo del 2,25% durante toda la vida de la operación más el coste del aval establecido por la emisora del aval (entidad de crédito o SGR). El tipo fijo resultante para el solicitante al incorporar el coste del aval no podrá exceder del 4,00% anual.
• Otras Comisiones o gastos: la entidad de crédito o SGR podrá cobrar una comisión de estudio del 0,5% sobre el importe formalizado. Adicionalmente, la SGR podrá cobrar una comisión sobre el importe avalado de hasta el 4% en concepto de cuota social mutualista la cual será reintegrada en el momento de cancelación del aval una vez liquidada la operación.
• Comisión por cancelación anticipada: Exenta.
• Garantías: la entidad de Crédito y/o SGR realizarán un análisis de cada solicitud y, en función de la solvencia del solicitante y de la viabilidad, determinarán las garantías a aportar.
Procedimiento de concesión, formalización y desembolso
Una vez IVACE disponga del expediente completo, la Unidad IVACE Financiación emitirá informe que someterá a la consideración del Comité de Financiación de IVACE.
Cuando el número de solicitudes valoradas positivamente no permita aprobar todas las operaciones con el presupuesto disponible para la Línea, el Comité de Financiación Empresarial podrá, o bien aprobar las solicitudes de financiación mejor valoradas hasta agotar el presupuesto, o bien reducir el importe concedido a cada solicitud para conceder el máximo posible de operaciones, sin que en ningún caso, el importe de la financiación concedida sea inferior a [12.000€]. Todo ello, sin perjuicio de que el presupuesto asignado por IVACE para esta línea se pueda incrementar por el importe disponible de otras líneas de financiación de IVACE cuyo menor consumo así lo permita.
La decisión adoptada por el Comité de Financiación Empresarial será notificada por correo ordinario al solicitante, a través de la Cámara de la Comunidad Valenciana o de IVACE directamente, según sea el caso, quien deberá aceptar las condiciones del préstamo aprobado en un plazo máximo de 15 días desde la fecha del registro de salida del escrito de comunicación, y remitir la Ficha de solicitante o proveedor según modelo disponible en la dirección de Internet del IVACE: puede descargarla pulsando aquí
La concesión de la operación tiene un plazo de vigencia de 45 días desde su fecha de adopción para su formalización, salvo prórroga que podrán conceder los órganos competentes.
La operación deberá formalizarse en escritura pública ante Notario y una vez formalizada, se procederá al desembolso de la operación en un plazo máximo de 15 días.
Presentación solicitudes
Lugar de presentación de solicitudes:
• Ante el Registro de las Cámaras de la Comunidad Valenciana, en caso de no optar por la financiación con aval.
o
• A través de la SGR de la Comunidad Valenciana, o cualquier otra SGR y/o entidad de crédito, quienes presentarán las solicitudes ante el registro de IVACE, o por correo electrónico a la dirección de Internet financiación.ivace@gva.es, en caso de aportar un certificado de aprobación de la concesión del aval por el 100% de riesgo de la operación.
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 17 de abril de 2015.
Tramitación
• A través de las Cámaras de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunidad Valenciana: Alcoy, Alicante, Castellón, Orihuela y Valencia.
• A través de la SGR de la Comunidad Valenciana, y de otras SGRs y/o entidades bancarias.
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